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Viernes, 05 Junio 2026 08:06

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ESTANCIA EN LA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE LA DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2026-2027.

1461

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. RESIDENCIA DE ESTUDIANTES


1461

La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, en sesión ordinaria celebrada el día doce de mayo de dos mil veintiséis, adoptó, entre otros, el acuerdo por el que se aprueba las bases reguladoras de la convocatoria de plazas de estancia en la Residencia de Estudiantes de la Diputación, curso 2026-2027, con el siguiente texto:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ESTANCIA EN LA RESIDENCIA DE ESTUDIANTES DE LA DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2026-2027

1. OBJETO Y ÁMBITO

1.1 Plazas convocadas.

Se covocan 101 plazas de estancia en la Residencia de Estudiantes del Complejo Príncipe Felipe de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara para el curso 2026-2027, con arreglo a la siguiente distribución:

  • 41 estudiantes en habitación individual
  • 60 estudiantes en habitación doble

La adjudicación de las mencionadas plazas y las condiciones de disfrute y pérdida de ésta se regirá por las normas que en esta convocatoria se establecen.

1.2. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las plazas convocadas aquellos estudiantes que sean mayores de edad en el momento de realizar la reserva o que cumplan la mayoría de edad durante el periodo de estancia correspondiente al curso académico. Además, deberán cursar estudios universitarios, de doctorado, de postgrado, enseñanzas superiores no universitarias en la capital, en la Universidad de Alcalá de Henares o en la Universidad de Madrid, así como estudios de Bachillerato o ciclos formativos de Grado Superior o Medio en centros de Guadalajara, siguiendo este orden de prioridad:

  1. Residentes en la provincia de Guadalajara fuera de la capital.
  2. Residentes en otras provincias de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
  3. Residentes en otras Comunidades Autónomas.

Dentro de cada grupo, siguiendo el orden establecido, tendrán preferencia los estudiantes que hayan estado matriculados en el curso 2025-2026.

2. CONDICIONES GENERALES

2.1. Régimen de estancias.

La estancia ordinaria en la Residencia comenzará a las 15:00 h. del día previo al inicio oficial del curso académico 2026-2027 y finalizará a las 15:00 h. del día siguiente al último establecido para la convocatoria ordinaria de evaluación, conforme al calendario académico oficial aprobado por las universidades y los centros educativos que impartan ciclos formativos de Grado Superior, Medio o Enseñanzas Artísticas Superiores. Esto se aplicará sin perjuicio de lo indicado en los siguientes apartados:

  • Durante los períodos de vacaciones académicas de Navidad y Semana Santa, la Residencia permanecerá cerrada y todos los servicios serán suspendidos.
  • Al inicio del curso, el calendario de apertura y cierre de la Residencia será publicado en el tablón de anuncios.
  • Una vez finalizados los exámenes ordinarios de los distintos centros educativos, ningún residente podrá permanecer en la Residencia.

2.2. Precios públicos y servicios básicos.

  • Todos los residentes deberán pagar las mensualidades completas establecidas en régimen de precio público, cubriendo el periodo desde el inicio oficial del curso hasta su finalización.
  • En caso de obtener plaza después de la apertura de la Residencia, el importe se ajustará de manera proporcional al tiempo no adjudicado.
  • Si una residente causa baja definitiva o cuando finalice el curso, el pago será proporcional a las semanas de estancia, siempre que la baja se comunique antes del día 10 del mes correspondiente. De lo contrario, se deberá abonar el mes completo.
  • Los pagos deberán realizarse por adelantado mediante domiciliación bancaria dentro de los primeros quince días de cada mes, conforme a las tarifas establecidas en la Ordenanza.

Servicios adicionales

  • La manutención y limpieza estarán disponibles durante todo el curso académico, exceptuando sábados, domingos y festivos.
  • Los residentes que deban realizar prácticas en localidades distintas podrán solicitar la exención del pago del precio público durante los períodos en los que estén ausentes.
  • Si la exención es concedida, su duración no podrá superar los tres meses, aunque las prácticas tengan una duración mayor. Durante el tiempo en que la exención esté vigente, no se permitirá el uso de los servicios ni de las instalaciones de la Residencia.

3. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes deberán presentarse mediante los modelos oficiales incluidos en el anexo de la Convocatoria:

  • Anexo 1A: solicitud de reserva de plaza para antiguos residentes
  • Anexo 1B: solicitud de reserva de plaza para nuevos aspirantes

Estos formularios estarán disponibles en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara (www.dguadalajara.es).

Los interesados podrán presentar sus solicitudes por las siguientes vías:

  1. Medios electrónicos: A través de la Sede Electrónica de la Diputación de Guadalajara, accesible desde su página web.
  2. Presencialmente: En las oficinas de asistencia al Registro Electrónico de la Diputación, de lunes a viernes, en horario de 9:00 h a 14:00 h.
  3. Correo certificado. También podrá enviarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para presentar solicitudes será de 15 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Este plazo será válido tanto para los antiguos residentes como para quienes soliciten plaza por primera vez.

4. DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LAS SOLICITUDES

Los solicitantes que aspiren por primera vez a una plaza en la Residencia deberán presentar:

  • Fotocopia del DNI
  • Certificado o volante de empadronamiento

5. PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS

Las plazas se asignarán siguiendo el siguiente orden de prioridad:

  1. Estudiantes empadronados en un municipio de la Provincia de Guadalajara que hayan sido residentes en años anteriores.
  2. Estudiantes empadronados en la Provincia de Guadalajara. Dentro de este grupo, tendrán preferencia quienes residan a mayor distancia de la capital.
  3. Estudiantes que hayan sido residentes durante el curso 2025-2026, aunque no estén empadronados en la provincia.
  4. Estudiantes empadronados en un municipio de Castilla-La Mancha. Tendrán preferencia quienes vivan más cerca de Guadalajara.
  5. Estudiantes empadronados en cualquier otro municipio de España. Tendrán preferencia quienes residan más cerca de Guadalajara.

Si, tras aplicar estos criterios, persistiera un empate entre solicitantes, este se resolverá mediante un sorteo. La fecha, hora y lugar del sorteo serán comunicados a las personas interesadas.

6. COMISIÓN DE ADMISIÓN PARA LA RESOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES

Se constituirá una Comisión de Admisión encargada de resolver las solicitudes presentadas, aplicando los baremos establecidos en la convocatoria y, en su caso, emitiendo las desestimaciones debidamente motivadas.

Asimismo, la Comisión podrá denegar la continuidad de residentes de años anteriores cuando existan causas justificadas conforme al Reglamento de Régimen Interno.

Esta Comisión de Admisión estará integrada por:

  • La Diputada-Delegada de la residencia, o la persona en quien delegue.
  • La Administradora-Coordinadora del Complejo Príncipe Felipe, o persona en quien delegue, que actuará como secretaria de la Comisión.
  • El Administrativo del Complejo Príncipe Felipe o un funcionario adscrito a la residencia de estudiantes.

7. RELACIÓN DE SOLICITUDES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS

La Diputación de Guadalajara publicará en su página web (www.dguadalajara.es) una propuesta de adjudicación provisional con el listado de residentes admitidos. También se incluirá una lista de reversa basada en la valoración obtenida, para cubrir posibles vacantes, así como un listado de solicitudes desestimadas con indicación de la causa.

Desde la publicación de la propuesta de adjudicación provisional, los interesados/as dispondrán de un plazo de diez días naturales para presentar reclamaciones. Estas reclamaciones quedarán resueltas con la publicación de la adjudicación definitiva de plazas. La Comisión de Admisión será la encargada de gestionar y resolver cualquier incidencia o reclamación relacionada con el proceso, sin posibilidad de presentar un recurso administrativo posterior.

La Comisión de Admisión propondrá al órgano competente de la Excma. Diputación Provincial, para su resolución, la adjudicación de plazas en la Residencia de Estudiantes, así como la lista de espera para el curso académico 2026-2027. En esta lista se incluirán, por orden de llegada, aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, pero que hayan sido presentadas fuera del plazo de reserva de plaza.

La Resolución definitiva se publicará en la sede electrónica de la Diputación de Guadalajara antes del 14 de agosto de 2026. Esta publicación tendrá los mismos efectos legales que una notificación, conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8. OBLIGACIONES DE LOS RESIDENTES

Los adjudicatarios de las plazas están obligados al abono del precio público establecido en la Ordenanza vigente que en la actualidad es de 340,30 € mes, para la habitación doble, y 379,88 € mes, para la habitación individual, y, asimismo, a conocer y cumplir cuanto se establezca en el Reglamento de Régimen Interior de la Residencia.

Aquellos estudiantes que hayan obtenido plaza para la Residencia en el curso académico 2026-2027, confirmarán la aceptación de ésta enviando, por los medios anteriormente citados, la siguiente documentación en el plazo, improrrogable, comprendido entre el 15 de agosto y el 4 de septiembre de 2026:

  1. Impreso de matriculación
  2. Impreso de aceptación del Régimen interno de la Residencia de Estudiantes
  3. Impreso de ficha de terceros sellado por el Banco, (en dicha cuenta deberá figurar como titular el residente).
  4. Justificante del pago de la fianza de 380,00 € en cualquiera de estas dos cuentas a nombre de la Diputación de Guadalajara. En dicho justificante deberá constar el nombre y apellidos del residente que se matricula.

LA CAIXA - ES36 2100 8665 9002 0001 7813

SABADELL - ES83 0081 0668 7600 0123 8624

Si la persona solicitante no presenta la documentación requerida dentro del plazo establecido, se entenderá que renuncia a la plaza, la cual será asignada al siguiente aspirante de la lista de espera.

En caso de renuncia voluntaria a la plaza a partir del 20 de septiembre y durante el curso académico, si no existe una causa justificada, se perderá el derecho a la devolución del importe abonado.

Las únicas causas que se considerarán justificadas para la renuncia son:

  • Cambio de matrícula a un centro ubicado en una localidad distinta a la de la Residencia.
  • No obtención de plaza en el centro solicitado.
  • Finalización de los estudios.
  • Enfermedad o infortunio familiar que, certificado por un especialista médico, justifique el abandono de la residencia.
  • Resoluciones judiciales.

El importe abonado en concepto de fianza se utilizará para cubrir posibles daños o desperfectos ocasionados por negligencia o por un uso inadecuado de las instalaciones o del mobiliario de la Residencia, sin perjuicio de otras responsabilidades legales que pudieran derivarse.

La fianza será devuelta al finalizar la estancia, previa solicitud de la persona interesada, siempre que se haya comprobado que todos los pagos están al día y que la habitación se encuentra en buen estado.

8. CAUSAS DE EXCLUSIÓN Y/O PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE RESIDENTE

La condición de residente podrá ser revocad, previa audiencia a la persona interesada, por cualquiera de las siguientes causas:

  1. Pérdida de la condición de estudiante universitario, de bachiller o ciclos formativos.
  2. Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones del residente, conforme a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior, previa tramitación de correspondiente expediente contradictorio.
  3. Aportación de datos o documentación falsos, con las consecuencias que legalmente procedan.
  4. Abandono injustificado de la residencia durante el periodo lectivo.
  5. Cualquier otra causa prevista en la normativa aplicable.
  6. Incumplimiento en el pago de los precios públicos establecidos.

SEGUNDO: Proceder a la convocatoria de plazas de estancia para residentes en la Residencia de Estudiantes de la Diputación Provincial de Guadalajara, correspondientes al curso académico 2026-2027, conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras establecidas.

TERCERO: Ordenar la publicación de las bases reguladoras y la convocatoria de plazas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en la página web de la Diputación Provincial (www.dguadalajara.es).

Guadalajara, 2 de junio de 2026. El Presidente, D. José Luis Vega Pérez.

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