AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES
714
El Pleno de este Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada el día 12 de marzo de 2026 acuerda la aprobación provisional de la Modificación de ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE VADOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES
De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, los textos estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento [https://espinosadehenares.sedelectronica.es]. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Espinosa de Henares, a 13 de marzo de 2026. Eduardo Navarro Álvarez El Alcalde-Presidente





