AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DEL PINAR
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En el BOP de Guadalajara, nº. 10, fecha: viernes, 16 de Enero de 2026 se publicó el anuncio de aprobación inicial de la citada ordenanza, cumpliendo lo establecido en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de sometimiento el expediente a información pública por plazo de 30 días hábiles a contar desde dicha publicación.
En dicho anuncio, se especifica que estará a disposición de los interesados en sede electrónica de la entidad [http://alcoleadelpinar.sedelectronica.es], cumpliendo con el precepto cualquier persona interesada que pudiera ostentar la condición como tal, puede solicitar el expediente mediante instancia para su puesta a disposición, conforme a lo establecido en el artículo 18 Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Desde el órgano de Alcaldía, sin tener obligación legal a dicho precepto, se resuelve publicar en el Portal de Transparencia y Tablón de Anuncios la Memoria Económica que regula el texto de la Ordenanza y ampliar el plazo de reclamaciones en diez días hábiles en aras de mayor transparencia y garantía de oportunidad de formular reclamaciones por aquellos que ostenten la condición de interesados.
En Alcolea del Pinar a 29 de enero de 2026 el Alcalde D. Alberto Guerrero Lafuente





