AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA
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Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía N.º 13/ 2026, de fecha 27 de Enero de 2026 del Ayuntamiento de ALMONACID DE ZORITA , las bases del proceso selectivo y la convocatoria para la cobertura de UN (1)puesto de un joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil cofinanciada por el Programa Operativo de Empleo Juvenil. Extracto BDNS (identif.): HE-GU-P1902700B-0157/2025, para la Ejecución del Proyecto de EDUCACIÓN INFANTIL Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL para la contratación de 1 joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil entre 18 y 29 años de edad se abre un plazo que será de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria y el proceso de selección:
“BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA HORIZONTE EMPLEO COFINANCIADA POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+), DEL AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE UN (1) JOVEN INSCRITO EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL.
Por Resolución de la Alcaldía se han aprobado las bases y convocatoria del proceso selectivo de 1(1) trabajador/a para la contratación de UN (1) joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil cofinanciada por el Programa Operativo de Empleo Juvenil. Extracto BDNS (identif.): HE-GU-P1902700B-0157/2025.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Mediante la Resolución de la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Guadalajara de fecha 19-12-2025 se propone la asignación de subvención a este Ayuntamiento para la Ejecución del Proyecto de EDUCACIÓN INFANTIL Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL para la contratación de 1 joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil entre 18 y 29 años de edad.
El objeto de la presente convocatoria es establecer el proceso de selección para la contratación en régimen laboral temporal de UN (1) joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, de acuerdo con lo establecido en la Orden 148/2025, de 8 de Octubre , de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo ( D.O.C.M Nº 201 , de 17 de Octubre).
En la presente convocatoria se oferta 1 plaza, para la ejecución del siguiente:
- Proyecto:
- Nº de trabajadores: 1 trabajador/a.
- Inicio previsto del proyecto: Marzo de 2026.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS CONTRATACIONES.
A las personas contratadas en el marco de la presente convocatoria les será de aplicación lo establecido en las presentes bases dictadas al amparo legal de lo establecido en la Orden 148/2025, de 8 de Octubre , de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo ( D.O.C.M Nº 201 , de 17 de octubre), además de lo dispuesto en la legislación general sobre función pública, legislación local sobre función pública y en la normativa laboral, observada, en lo que pudiera afectar, la legislación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Los contratos a celebrar para la ejecución del proyecto anteriormente descrito tendrán las siguientes características:
Serán contratos laborales temporales, por obra o servicio determinado.
Su duración será de 12 meses.
La jornada de trabajo será a tiempo completa.
Se establecerá un periodo de prueba de un mes, durante el cual, tanto la Administración como los trabajadores podrán poner fin a la relación laboral sin que ninguna de las partes tenga por ello derecho a indemnización alguna.
Las modalidades de contratación, la duración de los contratos y la jornada que éstos comprenden, vienen señalados en el Articulo 8 de la Orden 148/2025, de 8 de Octubre , de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo ( D.O.C.M Nº 201 , de 17 de octubre).
La modalidad del contrato subvencionable seré el contrato de formación para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
3.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
1.- Según el artículo 8 de la Orden 148/2025, de 8 de Octubre , de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo ( D.O.C.M Nº 201 , de 17 de octubre), las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas mayores de 18 años y menores de 29 años , que cumplan los siguientes requisitos del artículo 7 de la Orden:
- A los efectos de esta orden, serán subvencionables las siguientes modalidades contractuales, en función de las personas o entidades solicitantes: a) En el supuesto de que se trate de alguna de las entidades previstas en el artículo 3.1.a) (entidades locales) y c): contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios y contrato vinculado a programas de activación para el empleo.
- La contratación subvencionable deberá formalizarse en la categoría profesional y grupo de cotización de la Seguridad Social correspondiente a la titulación obtenida por la persona contratada, y en función de las personas o entidades solicitantes: a) En el supuesto de que se trate de alguna de las entidades previstas en el artículo 3.1.a): grupos de cotización 1 a 9.
- Las contrataciones subvencionables se deberán formalizar en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. Sin perjuicio de lo anterior, la contratación podrá formalizarse a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, siempre que se ajuste a lo previsto en esta orden, asumiendo la persona o entidad solicitante el riesgo de que la subvención no sea concedida para dicha contratación.
- La duración del contrato subvencionado será de un año. No obstante, si el convenio colectivo de aplicación determina una duración inferior a un año para el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, el contrato subvencionado tendrá la duración máxima establecida en dicho convenio.
- La jornada del contrato subvencionado será a tiempo completo y equivalente a la de una persona trabajadora a tiempo completo comparable de la entidad contratante, sin que pueda exceder de la misma. En caso de que en la entidad contratante no exista una persona trabajadora comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal, de conformidad con el artículo 12.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Los/as interesados/as en participar en esta convocatoria deberán cumplimentar y firmar:
Una solicitud, conforme al modelo normalizado aprobado al efecto, que se incluye como Anexo y que estará a disposición de los interesados/as en las oficinas del Ayuntamiento de Almonacid de Zorita.
Junto con la solicitud, los interesados en participar en esta convocatoria, deberán presentar la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI/ NIE del solicitante.
- Fotocopia del Certificado acreditativo de estar inscrito en Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Informe de la vida laboral actualizado.
- Aportar el título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo.
5.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
La solicitud, declaración responsable y documentación requerida se presentarán en las oficinas del Ayuntamiento de Almonacid de Zorita sito en la Plaza de la Villa, nº 1, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 15:00 horas. También podrán presentarse solicitudes por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios en Ayuntamiento de Almonacid de Zorita y Oficina de Empleo de Pastrana.
6.- SELECCIÓN DE TRABAJADORES/AS
La selección de los/las trabajadores/as, se aplicarán, con carácter general, siguiendo las normas establecidas en el Articulo 22 y 23 sobre el procedimiento de selección de la Orden 148/2025, de 8 de Octubre , de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la contratación en el marco del Programa Horizonte Empleo ( D.O.C.M Nº 201 , de 17 de octubre), las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas mayores de 18 años y menores de 29 años ,y cumpliendo los requisitos exigidos para participar del Articulo 7.
7.- CRITERIOS DE SELECCIÓN EN CASO DE EMPATE.
En igualdad de condiciones tendrán prioridad las personas que tengan mayor formación en cursos de formación.
8.- CAUSAS DE EXCLUSIÓN.
- No cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 3.
- Mentir u ocultar datos.
- No presentar toda la documentación exigida en esta convocatoria.
9.- COMISIÓN DE SELECCIÓN.
La selección de los/las trabajadores/as será realizada por una Comisión Local de Selección, que estará compuesta por los siguientes miembros:
Presidente/a: Un/a empleado/a municipal funcionario o laboral fijo del Ayuntamiento o de cualquier otra Administración Pública, con categoría igual o superior a la del presente proceso selectivo.
Secretario/a: La de la Corporación, o funcionario/a en quien delegue, con voz, pero sin voto.
Vocales (3): Empleados/as municipales funcionarios o laborales fijos del Ayuntamiento o de cualquier otra Administración Pública, con categoría igual o superior a la del presente proceso selectivo.
La Comisión Local de Selección podrá contar con la presencia de asesores, con voz, pero sin voto.
La Comisión Local de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de sus miembros, indistintamente, y en todo caso, del presidente/a y Secretario/a. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del presidente/a de la Comisión.
La actuación de la Comisión Local de Selección se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, la Comisión resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.
10.- RELACIÓN DE SELECCIONADOS Y PUBLICACIÓN.
La Comisión de Selección valorará las solicitudes presentadas en tiempo y forma no excluidas con arreglo al Baremo de Puntuación y formulará propuesta inicial de contratación a favor de los aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación final, hasta cubrir el número de puestos comunicados en las ofertas de empleo.
La relación de excluidos y la relación de aspirantes se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Almonacid de Zorita. Únicamente se publicará el número de registro, la causa de exclusión, o la puntuación obtenida por cada aspirante, dándose un plazo de 3 días para reclamar contra las exclusiones u omisiones o errores detectados en la puntuación obtenida.
Tras ese período, una vez comprobado el cumplimiento de requisitos por el Servicio Público de Empleo (SEPECAM), se publicará la propuesta definitiva de excluidos y aspirantes seleccionados/as para la contratación, teniendo en cuenta que no podrá ser contratado más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo.
El resto de aspirantes que excedan de la propuesta definitiva de contratación pasarán al turno de reserva por el orden de puntuación que hayan obtenido, recurriéndose a ellos para sustituciones y supuestos de renuncia o baja de los trabajadores contratados. Dichas personas, en el momento de la contratación, deberán estar inscritas como demandantes de empleo no ocupados en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha.
11.- CONTRATACIONES.
Las personas propuestas para su contratación deberán presentar antes de la firma de su contrato la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, en original, para su compulsa y devolución, fundamentalmente del Certificado acreditativo de estar inscrito en Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Si en la comprobación de la documentación se observara inexactitud o falsedad se resolverá su exclusión, decayendo el/la interesado/a en los derechos o intereses legítimos a ser adscrito s/as al puesto de trabajo temporal.
Una vez realizadas las contrataciones, la entidad beneficiaria deberá vincular los contratos formalizados a la oferta de empleo en el momento de comunicarlos, con la finalidad de que la oferta de empleo se cierre reflejando adecuadamente la intermediación de la oficina de empleo.
12.- VINCULACIÓN DE LAS BASES.
Las presentes Bases vinculan al Ayuntamiento de Almonacid de Zorita a la Comisión Local de Selección y a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las Bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación de la Comisión Local de Selección podrán ser impugnados por los/as interesa dos/as en los casos, plazos y forma establecida en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra estas Bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los/as interesados/as recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación. También podrá interponerse alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Toledo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30-114.c) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJC A-, sin perjuicio de que los/as interesados/ as puedan interponer cualquier otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.
13.- Protección de datos.- De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa de lo siguiente:
- Los datos de carácter personal que se obtengan de su solicitud serán incorporados y tratados de forma confidencial en un fichero propiedad de este Ayuntamiento.
- Los datos obtenidos en esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando la identidad, para la realización de estadísticas internas.
- Los interesados podrán acceder en cualquier momento a los datos facilitados, así como solicitar, en su caso, su rectificación, oposición o cancelación, dirigiendo una comunicación escrita, junto con la documentación acreditativa de su identidad, a este Ayuntamiento.
SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DEL DENTRO DEL PROGRAMA PARA LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA HORIZONTE EMPLEO COFINANCIADA POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+), DEL AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE UN (1) JOVEN INSCRITO EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL
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EDUCACIÓN INFANTIL Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL |
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A estos efectos, aporto la siguiente documentación:
SOLICITA: Ser admitido/a para tomar parte en el proceso de selección para la contratación en régimen laboral temporal, a tiempo completo, con cargo al PARA LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA HORIZONTE EMPLEO COFINANCIADA POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+), DEL AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE UN (1) JOVEN INSCRITO EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL, declarando conocer las bases generales y específicas que le son de aplicación, reuniendo todos los requisitos exigidos, los cuales me comprometo a aportar y acreditar documentalmente conforme disponen las bases de la convocatoria.
AUTORIZACIONES:
Autorizo al Ayuntamiento de Almonacid de Zorita la cesión de datos entre administraciones y/u organismos para esta solicitud y a solicitar en mi nombre a otras administraciones cuanta información sea necesaria.
Asimismo, el firmante autoriza al Ayuntamiento de Almonacid de Zorita a recabar información relativa a prestaciones y demanda de empleo en las Oficinas del Servicio Público de Empleo, así como a la consulta de sus datos en el Padrón Municipal de Habitantes y otros registros municipales.
En Almonacid de Zorita, a__ de ________de 2026
Fdo:
SEGUNDO.- Aprobar la correspondiente convocatoria. La convocatoria, juntamente con sus bases se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Almonacid de Zorita, en la página web del Ayuntamiento www.almonaciddezorita.es y en el tablón de anuncios de la Oficina de Empleo de Pastrana así como en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Almonacid de Zorita, 27 de Enero de 2026.”
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Almonacid de Zorita,a 27 de enero de 2026. El Alcalde-Presidente, D. José Miguel López Aguirre.





