AYUNTAMIENTO DE TORRECUADRADILLA
4091
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
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Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
Créditos |
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Progr. |
Económica |
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459 |
629 |
Plataforma evisceración caza |
0 |
15.000€ |
15.000€ |
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454 |
621 |
Arreglo de caminos |
0 |
30.000 € |
30.000€ |
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TOTAL |
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45.000€ |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:
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Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
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870.00 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
45.000 € |
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TOTAL INGRESOS |
45.000 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Torrecuadradilla, a 26 de diciembre de 2025. La Alcaldesa- Presidente Nerea Mezquita Rodrigo





