AYUNTAMIENTO DE PIOZ
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Aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de 6 de noviembre de 2025, el expediente de modificación de crédito n.º 1/2025, del presupuesto 2025 en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el resumen por capítulos contenido en el mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, fue sometido a información pública mediante su publicación en BOP de Guadalajara, nº. 221, fecha: martes, 18 de Noviembre de 2025, por el plazo de quince días, para ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulasen las alegaciones que se estimasen pertinentes. Habiendo transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado alegaciones, se considera aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa a tenor de lo establecido en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Pioz, a 23 de diciembre de 2025. Fdo. El Alcalde-Presidente, D. Manuel López Carvajal.





