AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
4008
BDNS: 877813
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Por resolución de alcaldía de 26 de diciembre de 2025 se ha aprobado la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO.OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva con la finalidad de financiar proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de actuaciones dentro del ámbito de los servicios sociales como el apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión.
SEGUNDO. BASES REGULADORAS
La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 230, de fecha, 01 de diciembre de 2025, bajo el título: “Aprobación definitiva de las Bases Reguladoras de subvenciones para la atención y apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión”.
TERCERO. LÍNEAS DE ACTUACIÓN
Esta subvención se encuentra recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2025 del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, dentro de la línea estratégica número 1, cuyo objetivo es promover la iniciativa social sin ánimo de lucro y potenciar la participación y las actuaciones del tercer sector de la ciudad, para conseguir una mayor eficacia y eficiencia en el desarrollo de las competencias municipales en materia de servicios sociales.
Esta convocatoria de subvención corresponde a “la atención y apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión” que tiene como objetivo contribuir al fomento de la igualdad de oportunidades y el apoyo socio-laboral para personas en riesgo de exclusión y sus familias, con las siguientes líneas de actuación:
- Apoyo a colectivos en situación de vulnerabilidad: Se refiere a la orientación especializada a las personas y familias en situación de exclusión social.
- Orientación y apoyo de trámites administrativos: Consiste en apoyos puntales para la realización de determinadas gestiones administrativas (citas, acceso a plataformas, obtención de certificados...) y tramitación de diferentes solicitudes del escudo social.
- Tramitación especializada del Ingreso Mínimo Vital (IMV): Pretende ofrecer información especializada sobre la prestación, requisitos, procedimiento, plazos, documentación necesaria, cuantías, etc. y la emisión de Certificados cuando sean requeridos.
- Apoyo socio-laboral a colectivos en riesgo de exclusión social: Implica la elaboración de itinerarios integrales de inclusión socio-laboral, con apoyo social, acceso al empleo, orientación en formación y talleres pre laborales. Con el objetivo de promover la autonomía y la plena inclusión social.
Que se encuentra alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030:
- Objetivo: ODS 1 Fin de la pobreza.
- Meta 1.3 Implantación de sistemas de protección social.
CUARTO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 40.000 mil euros, imputables a la partida presupuestaria 2310 489.14, correspondiente del presupuesto municipal del ejercicio 2025 de la concejalía de Cohesión social.
QUINTO. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes y el resto de documentación deberán presentarse dentro de los 2 DIAS NATURALES a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Este plazo reducido se establece dada la urgencia derivada de la necesidad de ejecutar el crédito presupuestario antes del 31 de diciembre de 2025, garantizando así la correcta ejecución del gasto público
Sólo se admitirá una única solicitud por interesado. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas.
Las solicitudes, junto a la documentación que deba acompañarlas, se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Así mismo, podrán presentarse en los demás registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentada la solicitud, si ésta no reúne los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, el órgano instructor requerirá a la entidad interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 5 días hábiles, con la indicación de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.
El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares podrá requerir la aportación de otros documentos que considere necesarios para valorar tanto los proyectos como la capacidad de las Entidades de ejecutarlos.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/
En Azuqueca de Henares, a 26 de diciembre de 2025. Firmado el Alcalde Miguel Óscar Aparicio de Lucas





