MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
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El día 12 de diciembre de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, remite al Tesoro la documentación bancaria para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguiente fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA derivado del PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA). FASE LÍNEA ELÉCTRICA. Clave: 03.399.001/2111:
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Término Municipal |
Finca |
Polígono |
Parcela |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0361 |
3 |
00379 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0362 |
3 |
00387 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0366 |
4 |
01178 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0367 |
4 |
01278 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0371 |
5 |
00499 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0372 |
5 |
00502 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0373 |
5 |
00503 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0375 |
5 |
00546 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0379 |
5 |
01269 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0380 |
5 |
01272 |
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CIFUENTES |
EX15/04-00/0381 |
5 |
01285 |
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.
Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En Madrid, a 18 de diciembre de 2025. El Secretario General. Álvaro Agustín De Torres Suárez





