AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE RANAS
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Por medio de la presente, se publica el acuerdo adoptado, en sesión ordinaria, por el Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Campillo de Ranas en fecha 18 de diciembre de 2025, respecto al expediente relativo a la renovación de los cargos de la Comisión Local de Pastos de este Municipio, cuyo contenido literal es el siguiente:
“ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Con fecha 21.10.2025, la Alcaldía de este Ayuntamiento inició expediente para la renovación de los cargos de la Comisión Local de Pastos de este Municipio por haber finalizado el mandato de la anterior Comisión.
SEGUNDO. Con fecha 25.09.2025, se solicitó por la Presidenta de la Comisión Local de Pastos a las organizaciones agrarias siguientes: ASOCIACION PROVINCIAL DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE GUADALAJARA (APAG) con CIF G19006303 (notificado en fecha 26.09.2025), Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos de Guadalajara (COAG) con CIF G19276823 (notificado en fecha 07.10.2025), Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) de Guadalajara con CIF G19259761 (notificado en fecha 07.10.2025); que emitieran propuesta para el nombramiento de los Vocales de la Comisión Local de Pastos.
TERCERO. Una vez expirado el plazo de quince días otorgado a las citadas organizaciones agrarias, constan recibidas las siguientes propuestas:
Con fecha 30.09.2025, se recibió de APAG la siguiente propuesta:
- Representantes de propietarios de tierras:
- D. Francisco García Peinado.
- D. Juan Carlos Mínguez Mínguez
- D. Emilio Jiménez Fernández.
- Representantes de ganaderos:
- D. Emilio Mínguez García.
- D. Enrique Merino Hernán
Con fecha 08.10.2025, se recibió de UPA la siguiente propuesta:
- Representantes de propietarios de tierras:
- Dª Pilar Peinado Hombrados.
- Dª Isabel Peinado Sanz.
- D. José Calleja García.
- Representantes de ganaderos:
- D. Alejandro Serrano Vicente.
Por parte de COAG no se ha recibido propuesta alguna.
CUARTO. Una vez estudiadas las propuestas realizadas por las citadas organizaciones agrarias, se emitió informe de Secretaría de fecha 29.10.2025, en el que se concluía lo siguiente:
Respecto a APAG, se considera lo siguiente: todos los vocales cumplen los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 7/2000, de 23 Noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras, excepto D. Enrique Merino Hernán que no consta que tenga explotación ganadera en el término municipal ni pastos adjudicados en el municipio.
Respecto a UPA, se considera lo siguiente: todos los vocales cumplen los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 7/2000, de 23 Noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras.
Respecto a COAG, no hay nada que informar dado que no obra propuesta alguna.
LEGISLACIÓN APLICABLE
La Legislación aplicable es la siguiente:
— Los artículos 4, 5 y 11 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras.
— La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
— La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida, procediendo su aprobación por el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.3 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación de Pastos, Hierbas y Rastrojeras.
Por ello, el Pleno adopta el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Proceder a la renovación de los cargos de la Comisión Local de Pastos de este Municipio por haber finalizado el mandato de la anterior Comisión.
SEGUNDO. La Presidenta de la Comisión Local de Pastos será la Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Campillo de Ranas, Dña. MARIA ANTONIA BITRIA ARTAL con DNI ***0673**, sin perjuicio de que si dejase de ostentar la condición de Teniente de Alcalde, la Presidencia recaería en el titular de la Alcaldía o en el miembro de la Corporación que éste designe. Asimismo, ejercerá de Secretario de la misma el funcionario del Ayuntamiento que ejerza las funciones de Secretaría-Intervención del mismo.
TERCERO. Nombrar a los siguientes miembros Vocales de la Comisión, de acuerdo a las propuestas formuladas por las organizaciones agrarias, conforme al siguiente detalle:
— Vocales en representación de los propietarios de tierras sujetas al régimen de ordenación de pastos:
-
- Dª María del Pilar Peinado Hombrados con DNI ***4541** como propietaria de tierras sujetas al régimen de ordenación de pastos.
- Dª Isabel Peinado Sanz con DNI ***1083** como propietaria de tierras sujetas al régimen de ordenación de pastos.
- D. José Calleja García con DNI ***1764** como propietario de tierras sujetas al régimen de ordenación de pastos.
— Vocales en representación de los ganaderos con explotación en el término o con pastos adjudicados en el Municipio:
-
- D. Alejandro Serrano Vicente con DNI ***0360** como ganadero a título personal con explotación en Campillo de Ranas.
- D. Emilio Mínguez García con DNI ***4086** como ganadero representante de la SAT de Campillo de Ranas con CIF V19131911 con explotación en Campillo de Ranas.
- D. Jorge Manuel Cruz Pérez con DNI ***2327**, Concejal del Ayuntamiento de Campillo de Ranas dado que no existen representantes de ganaderos propuestos por las Organizaciones Profesionales Agrarias que cumplan lo establecido en la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras, ni tampoco constan más ganaderos cuya explotación radique en el término municipal ni ostenten la condición de beneficiarios de pastos. Todo ello, sin perjuicio de que si dejase de ostentar la condición de Concejal, la vocalía recaería el miembro de la Corporación que designase el titular de la Alcaldía.
CUARTO. Notificar a los interesados su nombramiento como Vocales de la Comisión Local de Pastos.
QUINTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el presente Acuerdo.”
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Campillo de Ranas (Guadalajara), a 18 de diciembre de 2025, el Alcalde, D. Francisco Maroto García.





