AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo provisional aprobado por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2025, de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), con la inclusión de un nuevo apartado h) en el Artículo 4.2 y que establece una bonificación del 90% para las construcciones, instalaciones u obras necesarias para el acceso y habitabilidad de las personas con discapacidad con nivel 3 y nivel 4, cuya redacción queda como a continuación se transcribe, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACIÓN: (inclusión de un nuevo apartado h) al artículo 4.2:
“Artículo 4.- Bonificaciones:
4.2.- h) Se establece una bonificación del 90% para las construcciones, instalaciones u obras necesarias para el acceso y habitabilidad de las personas con discapacidad, con nivel 3 y nivel 4.”
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Sigüenza a 2 de diciembre de 2.025. La Alcaldesa, María Jesús Merino Poyo.





