AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo a mayores ingresos, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
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Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de Crédito |
Créditos finales |
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Progr. |
Económica |
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920 |
629 |
Otras inversiones nuevas asociadas al funcionamiento operativo de los servicios |
6.500 |
20.520 |
27.020 |
|
920 |
227 |
Trabajos realizados por otras empresas |
65.000 |
77.024,37 |
142.024,37 |
|
920 |
463 |
A Mancomunidades |
0 |
2.477,88 |
2.477,88 |
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TOTAL |
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171.522,25€ |
Esta modificación se financia con mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:
Altas en Conceptos de Ingresos
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Aplicación económica |
Descripción |
Euros |
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Capítulo |
Artículo |
Concepto |
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2 |
29 |
290 |
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras |
100.022,25€ |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Espinosa de Henares, a 28 de octubre de 2025. Eduardo Navarro Álvarez. El Alcalde-Presidente





