AYUNTAMIENTO DE VIANA DE JADRAQUE
2892
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación del créditos nº 1/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, con cargo al remanente de tesorería, al no haberse presentado alegaciones al acuerdo de aprobación inicial, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Créditos extraordinarios y Suplementos en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos |
|
Progr. |
Econ. |
|
|||
1532 |
619 |
Adoquinado Calle Monte del Moro |
18150,00 € |
5848,84 € |
23.998,84 € |
920 |
227.08 |
Servicios de Recaudación en favor de la entidad local |
0.00 € |
2500,00 € |
2500,00 € |
161 |
421.10 |
Transferencias otros organismos autónomos. |
170,00 € |
2000,00 € |
2170,00 € |
|
|
TOTAL |
18320,00 |
10348,84 |
28668,84 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio 2024, en los siguientes términos:
Suplementos en Conceptos de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
870 |
00 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
10348,84 |
|
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TOTAL INGRESOS |
10348,84 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Viana de Jadraque, a 26 de septiembre de 2025. La Alcaldesa. Fdo.: María Rosario Mora Villamayor.