AYUNTAMIENTO DE HITA
2715
SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 17 de julio de 2025, del Ayuntamiento de Hita, por el que se aprueba el expediente de modificación presupuestaria número 4/2025 del Presupuesto en vigor, para la modificación de las Bases de Ejecución del presupuesto
TEXTO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de las bases de ejecución del presupuesto municipal del ejercicio 2025, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1., con el siguiente detalle:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación presupuestara n.º 4/2025, añadiendo el Anexo II de las de ejecución del vigente presupuesto, con el siguiente detalle: ANEXO II Operación de crédito Importe: 200.000 € (máximo). Plazo de devolución: 10 años (máximo). Condiciones financieras: según mercado bancario. Destino: Nave multiusos municipal, segunda fase (terminación).
SEGUNDO. Declarar ampliable la partida presupuestaria 609.
TERCERO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Trijueque, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Hita, a 7 de septiembre de 2025. Alcalde-Presidente.- Ignacio Ayuso Blas