AYUNTAMIENTO DE VALDEAVELLANO
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La alcaldía del Ayuntamiento de Valdeavellano, con fecha 25 de agosto de 2025, ha dictado la resolución que a continuación se transcribe:
Atendiendo a que, esta Entidad Local, ha formulado solicitud de subvención, del Plan de Empleo para el 2025, de conformidad con la Orden 220/2024,de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo. Visto que tal solicitud de ayuda pública tuvo registro de entrada con número 388590/2025, en fecha 30/01/2025, en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha en Guadalajara.
Considerando que tal petición se formuló para la ejecución del Proyecto “ACTUACIONES MEDIOAMBIENTALES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIO”.
Visto que el art. 30 de la orden referida establece que en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la Resolución de concesión, salvo cuando se trate de Entidades a las que se haya adjudicado un solo contrato, las Entidades beneficiarias deberán remitir al órgano competente para resolver, la comunicación de inicio de al menos un proyecto, considerando como tal inicio la contratación de al menos, una persona desempleada. Atendiendo a que esta Entidad Local no cuenta con operario municipal que pueda encargarse de las labores de limpieza viaria y mantenimiento de instalaciones de servicios públicos.
Visto que tal contratación se efectuaría bajo el régimen de personal laboral temporal, a tiempo completo, por un periodo de seis meses y unas retribuciones del Salario Mínimo Interprofesional, más la parte proporcional de las pagas, semestrales, de junio y diciembre, equivalente el total, de cada una de las pagas extraordinarias, al salario mínimo interprofesional; cantidad sobre la que se aplicará la proporcionalidad.
Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección de personal referenciada y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Y, por último visto que no se ha presentado nadie a la anterior convocatoria a fin de no perder la subvención y lo mas importante, tener una persona que pueda realizar la limpieza viaria, uno de los servicios mínimos.
RESUELVE
PRIMERO.- Aprobadas las bases reguladoras de la convocatoria de selección para la contratación de UN/A Trabajador/a, en la categoría de Peón para el Proyecto “ACTUACIONES MEDIOAMBIENTALES EN ESPACIOS PÚBLICOS Y
MANTENIMIENTO DE EDIFICIO” por seis meses, a tiempo completo, de carácter improrrogable, publicadas en el BOP Nº 118 de 23 de Junio de 2025, no habiéndose presentado solicitud alguna resuelvo reabrir el plazo de presentación de solicitudes en los mismos términos establecidos en las mismas.
Tal convocatoria se efectúa en los términos de la Orden 220/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo.
SEGUNDO.- Publicar la nueva apertura de plazo de presentación de solicitudes en los mismos términos establecidos en las bases reguladoras del proceso selectivo por plazo de 10 días hábiles desde el siguiente a la publicación del anuncio en el BOP se publicará igualmente en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Valdeavellano, así como en la página web de la Entidad y de la Sede electrónica de esta administración municipal.
En Valdeavellano, a 27 de agosto de 2025. El Alcalde, D. Fernando Ruiz Calvo.