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Atanzón
Atienza
Auñón
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Cantalojas
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Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
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Zaragoza
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Viernes, 08 Agosto 2025 08:08

EXPEDIENTE 4660/2025.- CONVOCATORIA DEL CERTAMEN ALCARRIA LITERARIA, DENTRO DEL PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA DEL MISMO NOMBRE, EN LAS MODALIDADES DE ENSAYO, NARRATIVA DE VIAJES Y PERIODISMO

2424

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA


2424

BDNS (Identif.): 849828

Acuerdo de 30 julio 2025 de la Junta Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 6), aprobando el EXPEDIENTE 4660/2025.- CONVOCATORIA DEL CERTAMEN “ALCARRIA LITERARIA”, DENTRO DEL

PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA DEL MISMO NOMBRE, EN LAS MODALIDADES DE ENSAYO, NARRATIVA DE VIAJES Y PERIODISMO

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-cultura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index.

CONVOCATORIA DEL CERTAMEN “ALCARRIA LITERARIA”, DENTRO DEL PLAN DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA DEL MISMO NOMBRE, EN LAS MODALIDADES DE ENSAYO, NARRATIVA DE VIAJES Y PERIODISMO

La Conferencia Sectorial de Turismo, en su reunión del día 28 de julio de 2021, de acuerdo con lo previsto en el orden del día, ratificó la aprobación de la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destino, marco del Programa de Sostenibilidad Turística en Destinos. Su aprobación permitió el inicio de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021 del Programa Extraordinario de Sostenibilidad Turística en Destinos 2021-2023, dirigida a entidades locales, a la que la Diputación Provincial de Guadalajara presentó el Plan de Sostenibilidad Turística en Destino “Alcarria Literaria”.

En fecha 29 de diciembre de 2021, fue publicada en el BOE (nº 312 - epígrafe 21764) la Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo del Programa Extraordinario de Sostenibilidad Turística en Destinos 2021-2023, en base a la cual queda aprobado el Plan de Sostenibilidad Turística en Destino “Alcarria Literaria”.

Esta resolución queda ratificada por el Decreto 59/2022, de 5 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades locales para la ejecución de los planes de sostenibilidad turística en destino incluidos en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destino de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU. [2022/6584]

Dentro del eje 4 (Competitividad) del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "Alcarria Literaria", integrado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y Financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU, por el que se pretende poner en valor, como oferta conjunta, el destino turístico de los municipios de Brihuega, Cifuentes y Torija, situados dentro de la comarca de La Alcarria, en la provincia de Guadalajara, la Diputación Provincial de Guadalajara se propone ejecutar la actuación 18 del citado Plan convocando el Certamen “Alcarria Literaria” en las modalidades de Ensayo, Narrativa de viajes y Periodismo. Los tres municipios que se integran dentro del programa “Alcarria Literaria” configuran un destino rural estructurado, en una ruta lineal que se articula a través del patrimonio cultural y natural, con singular peso en él de la literatura, y un posicionamiento de acuerdo con el concepto de "slow travel", una filosofía de viaje que fomenta la inmersión profunda en la cultura local y la conexión con el destino más que la cantidad de lugares visitados, priorizándose así lo cualitativo frente a lo cuantitativo. A pesar de que este certamen pretender focalizar los tres municipios antes citados como sujetos activos y pasivos de la creación literaria y periodística del Certamen, es una realidad objetiva insoslayable que, no solo esta notoria parte de ella que forman los tres municipios precitados, sino el conjunto de la Alcarria de Guadalajara es una comarca con una personalidad geográfica, histórica y, sobremanera, literaria tan notoria y rica que no puede obviarse como conjunto y podrá tener cabida en las piezas presentadas al Certamen de forma complementaria.

Aunque el relato de viajes alcarreño más conocido y reconocido —incluso internacionalmente, pues se ha publicado en numerosos idiomas y se han editado más de diez millones de ejemplares de la obra— es el titulado “Viaje a la Alcarria”, del que es autor el Premio Nobel de Literatura de 1989, Camilo José Cela, y cuya primera edición data de 1948, esta singular comarca de Guadalajara ha sido históricamente un territorio proclive al hecho literario, ya desde el balbuceo del entonces naciente castellano pues una de las primeras jarchas se refiere expresamente a Guadalajara. En la Edad Media, el Renacimiento y el Barroco, relevantes literatos como el Marqués de Santillana, el Arcipreste de Hita, el Infante don Juan Manuel o Luis Gálvez de Montalvo, entre otros, viven en la tierra alcarreña y/o la integran en sus obras. Siguiendo los pasos físicos y las huellas literarias previas de Antonio Ponz y Saavedra Cornide por la Alcarria, el escritor ilustrado canario y afamado fabulista, Tomás de Iriarte, realizó y escribió en 1781 un pionero “Viaje a la Alcarria” al desplazarse desde Madrid, por Alcalá de Henares, a un pueblo alcarreño de Cuenca, Gascueña, cruzando en diagonal y de norte a sur el este de la actual provincia de Guadalajara. En el siglo XIX son varios los escritores del realismo y de la Generación del 98, como Leopoldo Alas “Clarín”, Benito Pérez Galdós o Pío Baroja, quienes también residen temporalmente en las tierras alcarreñas o integran en sus obras citas o referencias a la provincia de Guadalajara, especialmente a la comarca de la Alcarria. En la primera mitad del siglo XX, también se suma a ellos el filósofo y escritor, José Ortega y Gasset. Fue ya el precitado Cela quien, mediado el siglo XX, publicara su extraordinario y conocido “Viaje a la Alcarria” que, además de convertirse en un nuevo referente de la narrativa de viajes, sin duda contribuyó decisivamente a poner a esta comarca en el mapamundi literario universal. 39 años de su primer viaje, Cela realizó un “Nuevo viaje a la Alcarria”, publicado en 1986, en el que revisitó el paisaje y las figuras de su pionero periplo alcarreño y dobló la nómina de pueblos visitados en él.

Con estos antecedentes, se procede a convocar el Certamen “Alcarria Literaria” 2025, dentro del PSTD de igual nombre, en las siguientes modalidades y conforme a las siguientes normas:

PREMIO DE ENSAYO “ALCARRIA LITERARIA” 2025

NORMAS

1ª.- La Diputación Provincial de Guadalajara convoca el Premio de Ensayo, dentro del Certamen “Alcarria Literaria” 2025, que se otorgará al mejor libro de ensayo que tenga como tema central la investigación, análisis, estudio, interpretación y evaluación de la vinculación histórica de la literatura y los literatos, prioritariamente con los tres municipios alcarreños que integran el programa denominado “Alcarria Literaria” (Brihuega, Cifuentes y Torija), si bien el trabajo podrá contextualizarse en el conjunto de la comarca de la Alcarria de Guadalajara.

2ª.- Los trabajos que concursen habrán de ser inéditos, estar redactados en castellano y tener una extensión de 125 a 250 páginas, tamaño DIN A-4, impresos a una o doble cara, con letra tipo Times New Roman cuerpo 12, con interlineado de 1,5 mm, paginados, encuadernados o cosidos y por cuadruplicado. Además del texto, podrán incluirse fotografías, grabados, dibujos y otros recursos gráficos, si bien en su conjunto no podrán ocupar más del 50 por ciento de la paginación. Los recursos que se incluyan en el trabajo deberán respetar los “copyright” y derechos de autor y poder ser reproducidos, sin cargas, en la edición de la obra premiada.

3ª.- El importe del premio será de SEIS MIL euros y estará sujeto a las retenciones marcadas por la ley; con cargo a la partida 4321 48000.

4ª.- El jurado, presidido por el Presidente de la Diputación de Guadalajara, o persona en quien delegue, estará formado por uno de los alcaldes, o persona en quien delegue, de los tres municipios que conforman el programa “Alcarria literaria” y por tres personas vinculadas con la naturaleza del Premio, designadas al efecto por la Junta de Gobierno de la Diputación, a propuesta de la Diputada-Delegada de Cultura, y su composición será dada a conocer acto seguido al fallo. Dicho jurado decidirá sobre cualquier aspecto no contemplado en estas normas, su fallo será inapelable y no mantendrá correspondencia sobre los trabajos presentados.

5ª.- El plazo de presentación de originales terminará el día 30 de noviembre de 2025.

6ª.- Los trabajos se harán llegar por correo certificado o personalmente al Servicio de Cultura de la Diputación Provincial de Guadalajara. “Centro “San José”. C/ Atienza, nº 4, 5ª planta. 19003-GUADALAJARA (España), cualquier día laborable de 9 a 14 horas, excepto sábados, teléfono de contacto 949 88 75 53, y deberán presentarse bajo el lema, con la indicación “Para el Premio de Ensayo `Alcarria Literaria´ 2025”. En sobre aparte, cerrado, que se acompañará al trabajo, deberán figurar el nº del DNI, el nombre, los dos apellidos, domicilio del autor o autora, teléfono de contacto y e-mail, así como un breve currículum vitae, haciéndose constar en su exterior el lema elegido. No se admitirán trabajos enviados por correo electrónico.

7ª.- La obra premiada será editada por la Diputación Provincial de Guadalajara, directamente o en coedición con cualquier otra entidad o editorial, dentro del plazo de tres meses siguientes al fallo del premio. El importe del premio cubrirá los derechos de autoría correspondientes a la primera edición. Asimismo, el premio se podrá declarar desierto si, a juicio del Jurado, ningún trabajo reúne méritos suficientes o no se ajusta a las condiciones establecidas en la convocatoria.

8ª.- El fallo del premio se realizará dentro del mes de diciembre de 2025.

9ª.- Los originales no premiados no se devolverán y serán destruidos.

10ª.- Publicidad.

De conformidad con el artículo 17, letra b) del apartado 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, el extracto de esta convocatoria se publicará, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

PREMIO DE NARRATIVA DE VIAJES “ALCARRIA LITERARIA” 2025

NORMAS

1ª.- La Diputación Provincial de Guadalajara convoca el Premio de Narrativa de Viajes, dentro del Certamen “Alcarria Literaria” 2025, que se otorgará a la mejor obra de este género que, prioritariamente, verse sobre los tres municipios alcarreños que integran el programa denominado “Alcarria Literaria” (Brihuega, Cifuentes y Torija), si bien podrá contextualizarse en el conjunto de la comarca de la Alcarria de Guadalajara.

2ª.- Los trabajos que concursen habrán de ser inéditos, estar redactados en castellano y tener una extensión de 125 a 250 páginas, tamaño DIN A-4, impresos a una o doble cara, con letra tipo Times New Roman cuerpo 12, con interlineado de 1,5 mm, paginados, encuadernados o cosidos y por cuadruplicado. Además del texto, podrán incluirse fotografías, grabados, dibujos y otros recursos gráficos, si bien en su conjunto no podrán ocupar más del 50 por ciento de la paginación.

3ª.- El importe del premio será de SEIS MIL euros y estará sujeto a las retenciones marcadas por la ley; con cargo a la partida 4321 48000.

4ª.- El jurado, presidido por el Presidente de la Diputación de Guadalajara, o persona en quien delegue, estará formado por uno de los alcaldes, o persona en quien delegue, de los tres municipios que conforman el programa “Alcarria literaria” y por tres personas vinculadas con la naturaleza del Premio, designadas al efecto por la Junta de Gobierno de la Diputación, a propuesta de la Diputada-Delegada de Cultura, y su composición será dada a conocer acto seguido al fallo. Dicho jurado decidirá sobre cualquier aspecto no contemplado en estas normas, su fallo será inapelable y no mantendrá correspondencia sobre los trabajos presentados.

5ª.- El plazo de presentación de originales terminará el día 30 de noviembre de 2025.

6ª.- Los trabajos se harán llegar por correo certificado o personalmente al Servicio de Cultura de la Diputación Provincial de Guadalajara. “Centro “San José”. C/ Atienza, nº 4, 5ª planta. 19003-GUADALAJARA (España), cualquier día laborable de 9 a 14 horas, excepto sábados, teléfono de contacto 949 88 75 53, y deberán presentarse bajo el lema, con la indicación “Para el Premio de Ensayo `Alcarria Literaria´ 2025”. En sobre aparte, cerrado, que se acompañará al trabajo, deberán figurar el nº del DNI, el nombre, los dos apellidos, domicilio del autor o autora, teléfono de contacto y e-mail, así como un breve currículum vitae, haciéndose constar en su exterior el lema elegido. No se admitirán trabajos enviados por correo electrónico.

7ª.- La obra premiada será editada por la Diputación Provincial de Guadalajara, directamente o en coedición con cualquier otra entidad o editorial, dentro del plazo de tres meses siguientes al fallo del premio. El importe del premio cubrirá los derechos de autoría correspondientes a la primera edición. Asimismo, el premio se podrá declarar desierto si, a juicio del Jurado, ningún trabajo reúne méritos suficientes o no se ajusta a las condiciones establecidas en la convocatoria.

8ª.- El fallo del premio se realizará dentro del mes de diciembre de 2025.

9ª.- Los originales no premiados no se devolverán y serán destruidos.

10ª.- Publicidad.

De conformidad con el artículo 17, letra b) del apartado 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, el extracto de esta convocatoria se publicará, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

PREMIO DE PERIODISMO “ALCARRIA LITERARIA” 2025

NORMAS

1ª.- La Diputación Provincial de Guadalajara, convoca el Premio de Periodismo “Alcarria Literaria” 2025, para el mejor artículo, reportaje periodístico o serie de artículos o reportajes publicados o emitidos en cualquier medio y soporte, en lengua castellana y que verse, prioritariamente, sobre los recursos y productos turísticos de los tres municipios que integran el programa “Alcarria Literaria” (Brihuega, Cifuentes y Torija), si bien el trabajo podrá contextualizarse en el conjunto de la comarca de la Alcarria de Guadalajara. El jurado de este premio valorará, no solo la calidad intrínseca de las piezas presentadas al certamen también tendrá en cuenta la difusión, repercusión e impacto de ellas, en función del medio y el momento en que haya sido publicado o emitido. Para poderse valorar lo más objetivamente posible este hecho, los participantes en el Certamen podrán aportar los documentos que crean convenientes (medición de audiencias, control OJD, visitas -shared count-, etc.)

2ª.- Se establece un premio de CUATRO MIL QUINIENTOS euros para el mejor de los trabajos antes mencionado, que haya sido publicado o emitido en 2025, hasta la fecha de cierre de la convocatoria. Esta cantidad estará sujeta a las retenciones marcadas por la ley; con cargo a la partida 4321 48000. Cada autor o autora podrá presentar un solo artículo o reportaje o bien un conjunto de artículos y reportajes, si estos acreditan tratarse de una misma serie. Este premio estará sujeto a las retenciones marcadas por la ley. No podrá ser premiado aquel autor o autora que lo hubiese sido en el año anterior a la presente convocatoria.

3ª.- El jurado, presidido por el Presidente de la Diputación de Guadalajara, o persona en quien delegue, estará formado por uno de los alcaldes, o persona en quien delegue, de los tres municipios que conforman el programa “Alcarria literaria”, y por tres personas vinculadas con la naturaleza del Premio, designadas al efecto por la Junta de Gobierno de la Diputación, a propuesta de la Diputada-Delegada de Cultura, y su composición será dada a conocer acto seguido al fallo. Dicho jurado decidirá sobre cualquier aspecto no contemplado en estas normas, su fallo será inapelable y no mantendrá correspondencia sobre los trabajos presentados.

4ª.- El plazo de presentación terminará el día 30 de noviembre de 2025.

5ª.- Los trabajos se presentarán, necesariamente, en el soporte en que hayan sido publicados o emitidos, adjuntando original y cuatro copias. En el caso de tratarse de artículos publicados en soportes digitales, además de los enlaces en línea en los que pueden ser leídos habrán de aportarse cuatro ejemplares de ellos impresos en papel. Los trabajos se presentarán directamente, o por correo certificado, al Servicio de Cultura. Diputación Provincial. Centro “San José”. C/ Atienza, nº 4, 5ª planta. 19003-GUADALAJARA (España), cualquier día laborable de 9 a 14 horas, excepto sábados, teléfono de contacto 949 88 75 53, haciendo constar en el sobre “Para el Premio ´Alcarria Literaria´ de Periodismo 2025”. En sobre aparte, cerrado, que se acompañará al trabajo o trabajos, deberán figurar el nº del DNI, el nombre, los dos apellidos, domicilio del autor o autora, teléfono de contacto y e-mail, así como un breve currículum vitae, haciéndose constar en su exterior el nombre del autor o autora. No se admitirán trabajos enviados por correo electrónico.

6ª.- El premio podrá declararse desierto si, a juicio del jurado, los trabajos presentados no reúnen méritos suficientes o no se ajustan a las condiciones establecidas en la convocatoria.

7ª.- La Diputación Provincial de Guadalajara y los municipios que conforman el programa “Alcarria Literaria” (Brihuega, Cifuentes y Torija) podrán hacer uso libremente de los trabajos premiados.

8ª.- El fallo del premio se realizará dentro del mes de diciembre del año 2025.

9ª.- Publicidad.

De conformidad con el artículo 17, letra b) del apartado 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, el extracto de esta convocatoria se publicará, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

ANEXO I

JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE NO PERJUICIO SIGNIFICATIVO (DNSH) DE LA ACTUACIÓN

Según la descripción de la Componente 14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en las licitaciones por las que se ejecutan inversión y reformas, se incluirá el requisito de cumplimiento del principio de “no perjuicio significativo” (DNSH).

Para eso, los proyectos que se financien en el marco de esta inversión se evaluarán según el Guía establecida en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Con el fin de incluir el condicionado de este principio en la licitación del contrato para la CONVOCATORIA DEL CERTAMEN “ALCARRIA LITERARIA”, se introdujo otro anexo dentro de las condiciones técnicas del proyecto.

Esta actuación se encuentra prevista y descrita en la inversión 1 de la componente 14 del Plan de modernización y competitividad del sector turístico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esta actuación aborda la transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial, beneficiando a los destinos turísticos, agentes sociales y operadores privados del sector turístico.

La actividad no es una actividad excluida de la financiación, segundo el listado de la Guía Técnica (2021/C58/01) de “No daño significativo” al medio ambiente.

La actuación, incluida en la componente 14, Inversión 1, Submedida 2, no implica rehabilitación, por lo que, según el apartado 8 no implica rehabilitación en la Submedida 2, por lo que, según el apartado 8 del Plan de modernización y competitividad del sector turístico, no requiere una evaluación substantiva del principio DNSH con respecto a ninguno de los 6 objetivos medioambientales.

A continuación, se presenta, como parte del condicionado técnico del contrato, una autoevaluación de cumplimiento del principio DNSH de la actuación 18.

JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE NO PREJUICIO SIGNIFICATIVO (DNSH) DE LA ACTUACIÓN

SECCIÓN 0: DATOS GENERALES

PSTD

(C14.I1 PRTR, Submedida 2)

Alcarria Literaria

Denominación de la actuación:

Eje

3

Certamen de la Alcarria Literaria y el periodismo de viajes

Actuación

18

Etiqueta climática y ambiental (Reglamento 2021/241)

-

-

 

-

Contribución climática

-

Contribución ambiental

-

Actividad de bajo impacto ambiental

SI

               

SECCIÓN 2: ACTIVIDADES DE BAJO IMPACTO AMBIENTAL

Mitigación del cambio climático

La actuación causa un perjuicio nulo o insignificante al objetivo de la mitigación del cambio climático. Los equipos empleados en la ejecución de las prestaciones objeto de contrato deberán cumplir con los requisitos de eficiencia de materiales establecidos en la Directiva 2009/125/EC.

Adaptación al cambio climático

La actividad causa un perjuicio nulo o insignificante al objetivo de la adaptación al cambio climático, ya que no afecta negativamente a los esfuerzos de adaptación ni al nivel de resiliencia a los riesgos climáticos físicos de otras personas, de la naturaleza, del patrimonio cultural, de los bienes y de otras actividades económicas.

Utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos

Por la tipología de la actuación, esta causa un perjuicio nulo o insignificante a la protección de los recursos hídricos y marinos, dada su naturaleza, al no tratarse de una campaña promocional del destino a gran escala.

Transición a una economía circular, incluidos la prevención y reciclaje de residuos

La medida tiene un impacto previsiblemente nulo o insignificante sobre el objetivo de transición hacia una economía circular, incluidos la prevención y reciclaje de residuos.

Los equipos a emplear:

  • Cumplen los requisitos de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC,
  • No contienen sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
  • Se someten, al final de su vida útil, a operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o al tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el Anexo VII de la Directiva 2012/19 / UE.

Debe preverse, además, la existencia de un plan de gestión de residuos que garantiza el máximo reciclaje, al final de la vida útil, de los equipos eléctricos y electrónicos.

Prevención y control de la contaminación

Por la tipología de la actuación, esta causa un perjuicio nulo o insignificante al control y prevención de la contaminación, dada su naturaleza, al no tratarse de una campaña publicitaria a gran escala.

Los componentes y materiales utilizados en la ejecución de las actuaciones no se encuentran en la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y cumplen con las restricciones a sustancias recogidas en el Anexo XVII.

Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas

La actividad causa un perjuicio nulo o insignificante a la protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas, dada su naturaleza, al no tratarse de una campaña publicitaria a gran escala.

De conformidad con el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se advierte que la presente Certificación se expide a reserva de los términos que resulten de la aprobación definitiva del acta de la sesión que la contiene.

Guadalajara a 31 de julio 2025. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, José Luis Vega Pérez.

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