AYUNTAMIENTO DE FUENTELVIEJO
2385
Conforme al lo establecido en los Artículos 17 a 25 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Fuentelviejo de fecha 1 de agosto de 2025, se aprobó la designación de los miembros de la Comisión Municipal de Deslinde, constituida al objeto de la revisión de los trabajos técnicos inherentes a la ejecución del Convenio para la recuperación y mejora geométrica de líneas límite jurisdiccionales de términos municipales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el período 2025-2027, siendo su composición la siguiente:
Dª. María del Mar García Vázquez, Alcaldesa.
Dª. Encarnación Catalán Catalán, concejala Teniente de Alcalde.
Dª. Concepción Mora Moreno, Concejala.
D. Vicente García López, vecino que actuará como Perito.
D. Pedro Vicente Romero Tomico, Secretario de la Corporación.
Asimismo, se designan como colaboradores de esta Comisión, por tratarse de personas que cuentan con acreditado juicio y profundo conocimiento del término municipal y sus amojonamientos, a los siguientes propietarios de tierras en este término municipal:
D. Gregorio de Eusebio Saiz
D. Miguel Ángel Larriut Caballero
Lo que se hace público para general conocimiento, al amparo de lo establecido en el Art. 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 3972015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optará por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Fuentelviejo, a 1 de agosto de 2025. La Alcaldesa-Presidente, Fdo.: María del Mar García Vázquez