AYUNTAMIENTO DE ARMUÑA DE TAJUÑA
1916
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio por acuerdo de Pleno de fecha 17.12.2024 de la modificación del capítulo dos de la Ordenanza municipal reguladora de celebración de festejos taurinos populares, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«Plan de encierro OPCION A
1.-Ubicación de las zonas de inicio, suelta, espectadores y finalización
- Zona de Inicio.
- Se ubica en los corrales colocados al efecto en la plaza Mayor de Armuña de Tajuña. Los elementos de cierre de esta zona deberán reunir las adecuadas condiciones de seguridad y solidez, de acuerdo con la certificación emitida al efecto.
- Zona de suelta.
- Paraje Puentecillo -Zona de espectadores.
- Se sitúa dentro del casco urbano detrás de las talanqueras, asi como de los remolques ubicados detrás de las talanqueras instaladas en la Plaza Mayor y en las Calles Mediodia y Alameda, y fuera del casco urbano en el Llano de las Nogueras, que por su orografía hace imposible el acceso de las reses.
- Zona de finalización.
- Serán los corrales de la zona de inicio
2.-Itinerario.-
- Las reses parten de los corrales de la zona de inicio directamente a la Plaza Mayor, continúan por la C/ Mediodía, C/ Alameda y entran directamente en la zona de suelta indicada para el disfrute de los participantes. A la orden del presidente/a del festejo, las reses serán reconducidas por los caballistas en sentido inverso hasta dejarlas cerradas en la zona de finalización.
3.-Número mínimo de caballistas encargados de la conducción de las reses de una a otra parte del encierro. El número de caballistas para estas labores se fija en seis.
4.-Número mínimo de vehículos previstos por la organización para colaborar en la celebración del encierro. Número mínimo de vehículos previstos por la organización para colaborar en la celebración del encierro. Los vehículos “turismos”, previamente inscritos en el Ayuntamiento, que sirvan de refugio a los participantes y colaboren en el buen desarrollo del festejo, podrán hallarse en las zonas del encierro durante su celebración. El número mínimo de vehículos previstos por la organización para colaborar con la celebración del encierro será de seis. La mayor parte de las plazas disponibles en tales vehículos habrán de estar vacías.
En ningún caso se permitirá la presencia de vehículos distintos a los autorizados por el Ayuntamiento y comunicados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad intervinientes con antelación al comienzo del festejo, quedando expresamente prohibidos los vehículos especiales y las motocicletas, salvo las ambulancias y, en su caso, los vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de los Servicios de Protección Civil.
5.-Servicios específicos de control de los que dispondrá el organizador para tranquilizar o inmovilizar a las reses ante el eventual riesgo de que abandonen la zona de suelta, se produzcan situaciones de especial riesgo o cuando la integridad física de las reses lo exija.- serán los siguientes: 3 cabestros; 6 caballistas con experiencia en conducción de reses bravas; y 6 vehículos de la organización con funciones específicas de acordonar y reconducir a las reses en caso necesario, junto con el material técnico necesario dispuesto por el Director de Lidia y el apoyo de los colaboradores designados.
6.-Duración del Encierro.
- La duración máxima del encierro por el campo será de tres horas.
7.-Los puntos de asistencia sanitaria se ubicarán en C/La Ermita, centralizándose los servicios sanitarios en el Consultorio Médico sito en Plaza Mayor de Armuña de Tajuña. Plan de encierro
OPCION B
1.- Ubicación de las zonas de inicio, suelta, espectadores y finalización
- Zona de Inicio.
- Se ubica en los corrales colocados al efecto en la plaza Mayor de Armuña de Tajuña. Los elementos de cierre de esta zona deberán reunir las adecuadas condiciones de seguridad y solidez, de acuerdo con la certificación emitida al efecto.
- Zona de suelta.
- Llano de la Eras y Paraje Castejón
- Zona de espectadores.
- Se sitúa dentro del casco urbano detrás de las talanqueras, asÍ como de los remolques ubicados detrás de las talanqueras instaladas en la Plaza Mayor, calle Mayor y Avda Constitución, y fuera del casco urbano en el Cerro Castejón, que por su orografía hace imposible el acceso de las reses
- Zona de finalización.
- Serán los corrales de la zona de inicio
2.-Itinerario.
- Las reses parten de los corrales de la zona de inicio directamente a la Plaza Mayor, continúan por la C/ Mayor, Avda Constitución y entran directamente en la zona de suelta indicada para el disfrute de los participantes.
A la orden del presidente/a del festejo, las reses serán reconducidas por los caballistas en sentido inverso hasta dejarlas cerradas en la zona de finalización.
3.- Número mínimo de caballistas encargados de la conducción de las reses de una a otra parte del encierro. El número de caballistas para estas labores se fija en seis.
4.-Número mínimo de vehículos previstos por la organización para colaborar en la celebración del encierro.
Los vehículos “turismos”, previamente inscritos en el Ayuntamiento, que sirvan de refugio a los participantes y colaboren en el buen desarrollo del festejo, podrán hallarse en las zonas del encierro durante su celebración.
El número mínimo de vehículos previstos por la organización para colaborar con la celebración del encierro será de seis.
La mayor parte de las plazas disponibles en tales vehículos habrán de estar vacías.
En ningún caso se permitirá la presencia de vehículos distintos a los autorizados por el Ayuntamiento y comunicados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad intervinientes con antelación al comienzo del festejo, quedando expresamente prohibidos los vehículos especiales y las motocicletas, salvo las ambulancias y, en su caso, los vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de los Servicios de Protección Civil.
5.-Servicios específicos de control de los que dispondrá el organizador para tranquilizar o inmovilizar a las reses ante el eventual riesgo de que abandonen la zona de suelta, se produzcan situaciones de especial riesgo o cuando la integridad física de las reses lo exija.- serán los siguientes: 3 cabestros; 6 caballistas con experiencia en conducción de reses bravas; y 6 vehículos de la organización con funciones específicas de acordonar y reconducir a las reses en caso necesario, junto con el material técnico necesario dispuesto por el Director de Lidia y el apoyo de los colaboradores designados.
6.-Duración del Encierro.
- La duración máxima del encierro por el campo será de tres horas.
7.-Los puntos de asistencia sanitaria se ubicarán en C/La Ermita, centralizándose los servicios sanitarios en el Consultorio Médico sito en Plaza Mayor de Armuña de Tajuña.”.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Armuña de Tajuña, a 20 de junio, la Alcaldesa Doña Raquel Polo Castillo