AYUNTAMIENTO DE ALBARES
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En relación a la actualización de los coeficientes a aplicar para la determinación de la base imponible del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía), para el año 2025 (expte. 29/2025), se hace público para general conocimiento el Derecho de Alcaldía nº.2025-0001, de fecha 22 de enero de 2025, que literalmente dice:
Visto el artículo 9 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social (publicado en BOE nº.309 de 24-12-2024), que establece los importes máximos de los coeficientes a aplicar, con efectos desde el día 1 de enero de 2025, sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor, a que se refiere el aparato 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004. De 5 de marzo.
Visto que en la vigente ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana establece que: “serán de aplicación subsidiariamente el Texto Refundido de la Ley de Reguladora de la Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley de Presupuestos Geniales del Estado de cada año, la Ley 58/2003; de 17 de diciembre, General Tributaria y cuantas normas se dicten para su aplicación.”
En su Virtud, esta Alcaldía, en atención a las atribulaciones que le confiere el artículo 21.1.f de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y demás preceptos concordantes de aplicación, por este MI DECRETO, HE RESULTO:
PRIMERO. – Publicar, para conocimientos general, los nuevos coeficientes a aplicar para la determinación de la base imponible del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, que tendrá efectos económicos y administrativos desde el 1 de enero de 2025, como a continuación se detallan:
Periodo de generación |
Coeficiente aplicable al ayuntamiento por Real Decreto-Ley 9/2024, de 23 de diciembre |
Inferior a 1 año |
0,16 |
1 año |
0,15 |
2 años |
0,15 |
3 años |
0,15 |
4 años |
0,16 |
5 años |
0,18 |
6 años |
0,20 |
7 años |
0,22 |
8 años |
0,23 |
9 años |
0,21 |
10 años |
0,16 |
11 años |
0,13 |
12 años |
0,11 |
13 años |
0,10 |
14 años |
0,10 |
15 años |
0,10 |
16 años |
0,10 |
17 años |
0,12 |
18 años |
0,16 |
19 años |
0,22 |
Igual o superior a 20 años |
0,35 |
SEGUNDO. – Publicar la actualización en el Boletín Oficial de la Provisión de Guadalajara, en el Tablón de anuncios y sede electrónica municipal.
En Albares, a 29 de enero de 2025. El alcalde-presidente, Antonio Brihuega Rodríguez.