AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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Se pone en conocimiento general que, por la Alcaldía se ha aprobado Decreto 2025/0449 que, en su parte resolutoria dice textualmente lo siguiente:
“PRIMERO. Delegar en la Junta de Gobierno Municipal, de acuerdo con el artículo 21-1º s) de la LBRL 7/1985, de 2 de abril, lo siguiente:
La aprobación de concesión de ayudas, subvenciones y similares, a personas físicas y jurídicas del municipio, (incluidas asociaciones municipales de todo tipo).
SEGUNDO. Notificar este Decreto a los miembros de la Junta de Gobierno Municipal.
TERCERO. Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 46-1º del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales 2568/1986, de 28 de noviembre.
CUARTO. La presente delegación surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha del presente Decreto.
QUINTO. Dar cuenta de este Decreto al Pleno en la próxima sesión que éste celebre.”
En Marchamalo a 25 de marzo de 2025. Fdo.: Alcalde-Presidente Rafael Esteban Santamaria