AYUNTAMIENTO DE ARBANCÓN
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Vista la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº 35 de fecha 20 de Febrero de 2025 de las Bases que han de regir para la selección de alumnos en el marco del Programa Talleres+ 2024, a desarrollar en 2025, denominado "OPERACIONES AUXILIARES DE REVESTIMIENTOS CONTINUOS EN CONSTRUCCIÓN".
Detectados errores en la citada publicación y de conformidad con lo establecido en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éstas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo lo expuesto, se procede a rectificar los errores detectados en las Bases de selección de alumnos-trabajadores y mandar a publicar la corrección al Boletín Oficial de la Provincia, en el siguiente sentido:
1º En la Base Tercera. Condiciones de Admisión de Aspirantes.
Donde dice:
d) Carecer de cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas (título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes), de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional de las plazas de Alumnado trabajador objeto del Programa Talleres+ 2024, a desarrollar en 2025.
Debe decir:
d) Carecer de cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas (título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes), de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional de las plazas de Alumnado trabajador objeto del Programa Talleres+ 2024, a desarrollar en 2025.
2º En el Anexo I. Puntuación de Baremación.
Donde dice:
2. Situación /Expectativa laboral (máximo 8 puntos):
a) Adaptabilidad/ Idoneidad con la Especialidad (Máximo 5 puntos): |
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* Cursos de formación entre 30 y 60 horas en dicha especialidad o similar |
2 |
* Cursos de formación superiores a 60 horas en dicha especialidad o similar. |
3 |
b) Perfil Emprendedor (Máximo 3 puntos). Se valorará las siguientes circunstancias en los últimos 4 años: |
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* Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos. |
2 |
* Haber creado una empresa mercantil o una cooperativa de trabajo. |
1 |
Debe decir:
2. Situación /Expectativa laboral (máximo 8 puntos):
Perfil Emprendedor (Máximo 8 puntos). Se valorará las siguientes circunstancias en los últimos 4 años: |
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* Haber estado dado de Alta en el Régimen de Autónomos. |
5 |
* Haber creado una empresa mercantil o una cooperativa de trabajo. |
3 |
En Arbancón, a 21 de Febrero de 2025. El Alcalde-Presidente Don Gonzalo Bravo Bartolomé.