JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO
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VISTO el texto del Acta suscrita el día 29 de enero de 2025, de una parte por la representación de la parte empresarial y de otra, por los sindicatos CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores, por la que se aprueba del Convenio Colectivo del Sector de la Hostelería de la provincia de Guadalajara las Tablas Salariales correspondientes al año 2024, vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2024, con código de convenio 19000155011981; acta que tuvo entrada el día 29 de enero de 2025 en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de funcionamiento a través de medios electrónicos, de esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Decreto 99/2013, de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo en relación con el Decreto 103/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en el resto de normativa aplicable.
ACUERDO:
Primero.- Ordenar la inscripción del Convenio Colectivo del Sector de la Hostelería de la provincia de Guadalajara de las Tablas Salariales correspondientes al año 2024, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
EN GUADALAJARA A 7 DE FEBRERO DE 2025. LA DELEGADA PROVINCIAL.SUSANA BLAS ESTEBAN.
TABLAS SALARIALES DEL 2024 DEFINITIVA |
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GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -A- |
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Niveles |
Salario mensual. |
Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 32). |
Salario anual con las tres pagas extraordinarias. |
1 |
1.527,57 |
518,62 |
21.904,61 |
2 |
1.472,93 |
514,86 |
21.135,88 |
3 |
1.400,84 |
509,88 |
20.121,63 |
4 |
1.306,61 |
503,39 |
18.795,99 |
5 |
1.256,69 |
499,94 |
18.093,64 |
GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -B- |
|||
Niveles |
Salario mensual. |
Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 32). |
Salario anual con las tres pagas extraordinarias. |
1 |
1.472,93 |
514,86 |
21.135,88 |
2 |
1.400,84 |
509,88 |
20.121,63 |
3 |
1.344,37 |
505,99 |
19.327,10 |
4 |
1.252,23 |
499,64 |
18.030,87 |
5 |
1.200,20 |
496,05 |
17.298,78 |
Plus manutención (art. 24) |
26,46 |
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Compensación en metálico de ropa de trabajo (art. 24) |
25,98 |
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Plus de idiomas (art. 24) |
24,93 |
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Plus segundo y sucesivos idiomas (art.24) |
12,46 |
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Seguro de muerte e invalidez |
33.697,07 |
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