AYUNTAMIENTO DE TÓRTOLA DE HENARES
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente n.º 20/2025, de modificación de delegación de competencias, por Resolución de Alcaldía n.º 2025-0011, de fecha 9 de enero de 2025, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento |
Fecha/N.º |
Informe-Propuesta de Secretaría |
09-01-2025 |
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Modificar la delegación de competencias aprobada por resolución de Alcaldía n.º 2024-0211, de fecha 6 de mayo de 2024, quedando la misma con el siguiente contenido:
- Al Concejal D. Rubén Urrea Pastor, las áreas de Desarrollo, Educación, Deportes, Obras e Infraestructuras y Parques y Jardines.
- A la Concejal Dª. M.ª del Pilar Corcho Mangas, las áreas de Sanidad, Bienestar Social, Familia, Cultura, Festejos y Juventud.
- Al Concejal D. Dionisio Suena Díaz, las áreas de Agricultura, Medio Ambiente, Trabajo, Protección Civil, Obras e Infraestructuras y Festejos.
SEGUNDO. Comunicar la presente resolución a los Concejales delegados, para que proceda a su aceptación.
TERCERO. Publicar la presente resolución, una vez aceptada o transcurridos tres días hábiles desde su comunicación sin expresa manifestación de no aceptación, en el Boletín Oficial de la Provincia.
CUARTO. Dar cuenta de la Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente a derecho.
En Tórtola de Henares, a 10 de enero de 2025. El Alcalde, Martín Vicente Vicente.