AYUNTAMIENTO DE ROMANONES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 10 de noviembre de 2024, de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 1.- El Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a este Municipio y de acuerdo a la legislación vigente, queda fijado en los términos que se establecen en el artículo siguiente.
Artículo 2.1- El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,70%.
2.2- El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 0,60%.
2.3- El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de características especiales queda fijado en el 1,30%.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Las modificaciones producidas por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado u otras normas de rango legal que afecten a cualquier elemento de este impuesto, serán de aplicación automática dentro del ámbito de la Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, permaneciendo en vigor en tanto no se acuerde su modificación o derogación expresa.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Romanones a 27 de diciembre de 2024. El Alcalde-Presidente: Javier de Luz Espada.