AYUNTAMIENTO DE CENDEJAS DE ENMEDIO
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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito nº 2/2024, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario, siendo su resumen a efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
Suplemento de crédito:
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Modificación |
|
Programa |
Económica |
||
1621 |
22799 |
Recogida y gestión residuos |
134,65 € |
|
|
TOTAL |
134,65 € |
Crédito extraordinario
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Modificación |
|
Programa |
Económica |
||
130 |
22799 |
Mantenimiento de videocámaras |
1.815,00 € |
160 |
213 |
Reparación y mantenimiento alcantarillado |
2.324,83 € |
|
|
TOTAL |
4.139,83 € |
El importe total de la modificación de crédito asciende a 4.274,48 euros y se financia con cargo a nuevos o mayores ingresos y al remanente líquido de tesorería para gastos generales del ejercicio anterior, en los siguientes términos
Altas Presupuesto de Ingresos
Aplicación Económica |
Descripción |
Euros |
461 |
Diputación Provincial (Subvención mantenimiento puntos videovigilancia) |
1.815,00 |
870 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
2.459,48 |
TOTAL INGRESOS |
4.274,48 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación de créditos nº 2/2024, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
Cendejas de Enmedio, a 27 de diciembre de 2024. El Alcalde. Fdo.: David Cañamares Pastor