AYUNTAMIENTO DE CASPUEÑAS
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Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento para el ejercicio 2024 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
||
A) |
OPERACIONES NO FINANCIERAS |
202.901,08 € |
A.1 |
OPERACIONES CORRIENTES |
117.036,79 € |
1 |
Gastos del Personal |
59.297,38 € |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
56.660,93 € |
3 |
Gastos financieros |
0,00 € |
4 |
Transferencias corrientes |
1.078,48 € |
5 |
Fondo de contingencia |
0,00 € |
A.2 |
OPERACIONES DE CAPITAL |
85.864,29 € |
6 |
Inversiones reales |
85.864,29 € |
7 |
Transferencias de capital |
0,00 € |
B) |
OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
8 |
Activos financieros |
0,00 € |
9 |
Pasivos financieros |
0,00 € |
|
TOTAL GASTOS |
202.901,08 € |
ESTADO DE INGRESOS |
||
A) |
OPERACIONES NO FINANCIERAS |
202.901,08 € |
A.1 |
OPERACIONES CORRIENTES |
130.422,49 € |
1 |
Impuestos directos |
66.510,15 € |
2 |
Impuestos indirectos |
3.000,00 € |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
11.841,99 € |
4 |
Transferencias corrientes |
33.834,56 € |
5 |
Ingresos patrimoniales |
15.235,79 € |
A.2 |
OPERACIONES DE CAPITAL |
72.478,59 € |
6 |
Enajenación de inversiones reales |
0,00 € |
7 |
Transferencia de capital |
72.478,59 € |
B) |
OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
8 |
Activos financieros |
0,00 € |
9 |
Pasivos financieros |
0,00 € |
|
TOTAL INGRESOS |
202.901,08 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
Funcionario Interino |
Secretaría-Intervención |
Personal Laboral Fijo |
Peón |
Personal Laboral Temporal |
Jardinero |
TOTAL |
|
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Firmado por el Teniente de Alcaldía, con motivo de la baja del Alcalde-Presidente, y en cumplimiento del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cuyo tenor literal señala que: “Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde”.
En Caspueñas, a 5 de diciembre de 2024. El Teniente de Alcalde, D. Fernando Núñez Canellada