AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
3938
BDNS: 801111
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Por resolución de alcaldía de 4 de diciembre de 2024 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO. OBJETO:
Es objeto de las presentes bases la regulación de las condiciones para la concesión de subvenciones para las actividades y proyectos realizados por Bandas de música, Corales y Rondas del municipio con cargo a la partida presupuestaria 3340.489.09 dotada con 48.000 €, prevista para el Ejercicio 2024 en el Presupuesto Municipal, para financiar iniciativas y actividades que redunden y enriquezcan la cultura del municipio.
Esta subvención se encuentra recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2024 del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, dentro de la línea Estratégica número 4 “Educación”, cuyo objetivo es favorecer y mejorar la participación en diferentes eventos culturales y festivos del municipio, así como la facilitación y la promoción de su labor para la realización de actividades en beneficio del municipio.
SEGUNDO.PRESUPUESTO E IMPORTE
Para la financiación de la presente convocatoria, existe un presupuesto máximo de cuarenta y ocho mil euros (48.000 €). Se adjudicarán las subvenciones, dentro del crédito disponible.
El importe máximo para adjudicar por asociación es el siguiente (con mínimo 50 puntos):
- Para Bandas de Música: 30.000 €
- Para Corales: 10.000 €
- Para Rondas: 8.000 €
TERCERO.BENEFICIARIOS/REQUISITOS:
Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las Bandas de música, Corales y Rondas del municipio, que estén legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia, con anterioridad a la fecha de aprobación de las correspondientes convocatorias, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, proyectos, actividades o actuaciones en el ámbito cultural, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
Para Bandas de Música:
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Azuqueca de Henares
- Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
- No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Haber realizado los pasacalles correspondientes a las procesiones de Semana Santa en los últimos 2 años, en colaboración con la Hermandad Virgen de la Soledad y el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber realizado un concierto anual en la Casa de la Cultura de Azuqueca de Henares para conmemorar el día de Santa Cecilia, patrona de la música, en los últimos 2 años, en colaboración con la Coral de Azuqueca y el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Para Corales:
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Azuqueca de Henares
- Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
- No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Haber realizado un concierto anual en la Casa de la Cultura de Azuqueca de Henares para conmemorar el día de Santa Cecilia, patrona de la música, en los últimos 2 años, en colaboración con la Banda de Música Municipal y el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber realizado actividades solidarias a través de conciertos en residencias de mayores y centros de día de Azuqueca de Henares.
Para Rondas:
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Azuqueca de Henares
- Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
- No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Haber realizado y organizado la actividad de plantación del mayo e interpretación de los Mayos en la Ermita de la Soledad, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber participado en la realización de una actuación en el Pregón de las fiestas de septiembre junto a la Banda de Música Municipal, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Los anteriores requisitos deberán reunirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la justificación de la subvención concedida.
CUARTO. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
A. PLAZO DE PRESENTACIÓN
La presente convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como un extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Asimismo, se publicará en la página web del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares www.azuqueca.es
El plazo para presentar las solicitudes, así como la documentación que deba acompañarla, es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
B. LUGAR DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes, junto a la documentación que deba acompañarlas, se presentarán a través del Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, además de su sede electrónica. Asimismo, podrán presentarse en los demás registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/
En Azuqueca de Henares, a 5 de diciembre de 2024. Fdo el Alcalde, D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas