AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de 8 de octubre de 2024 se adoptó acuerdo de aprobación definitiva de las adendas n.º 2, n.º 3 y n.º 4 al Proyecto de ejecución de Enlace Norte del sector SP-pp-100 “Ciudad del Transporte” que fue notificado a los interesados y en el que se recogía:
“2. EXPEDIENTE 11799/2018. APROBACIÓN DE LAS ADENDAS Nº2, Nº3 Y Nº4, AL PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL ENLACE NORTE DEL SECTOR SP 100 “CIUDAD DEL TRANSPORTE”.
Vista la propuesta suscrita por la Jefa de Área de Urbanismo en relación a las Adendas n.º 2, n.º 3 y n.º 4 al proyecto de ejecución del enlace norte del sector SP-100 “Ciudad del Transporte”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.3 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla- La Mancha, la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia prevista por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:
PRIMERO. Aprobar las siguientes Adendas, al Proyecto de ejecución del Enlace Norte del Sector SP 100 “Ciudad del Transporte”, que forman parte de la obra de urbanización del Sector:
1. ADENDA (N.º 2) AL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE ENLACE NORTE DEL SECTOR SP PP-100 “CIUDAD DEL TRANSPORTE” EN CARRETERA CM-101 P.K. 5+200 (GUADALAJARA). RETRANQUEO DE TUBERÍA AGUA POTABLE FD Ø800 DE LA MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL SORBE.
2. ADENDA (Nº3) AL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE ENLACE NORTE DEL SECTOR SP PP-100 “CIUDAD DEL TRANSPORTE” EN CARRETERA CM-101 P.K. 5+200 (GUADALAJARA). MODIFICACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SUPERFICIAL POR NECESIDAD DE CRUCE CON TUBERÍA DE LA M.A.S.
3. ADENDA (N.º 4) AL PROYECTO DE ENLACE NORTE DEL SP 100 (MODIFICACIÓN DE LINEA DE MEDIA TENSIÓN).
SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de lo establecido en el artículo 111 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo.
TERCERO. Notificar la presente Resolución a los propietarios afectados, así como al resto de interesados, con indicación de los recursos que puedan interponerse.”
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante La Junta de Gobierno Local de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Guadalajara, 7 de noviembre de 2024. LA ALCALDESA.- Ana Cristina Guarinos López