AYUNTAMIENTO DE TARAGUDO
3483
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Taragudo sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«En virtud de la Providencia de Alcaldía de fecha 02/09/2024, el estudio técnico-económico, el texto íntegro de la modificación de la 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el informe de Secretaría, conforme al artículo 54 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el Pleno del Ayuntamiento de Taragudo, previa deliberación, con el voto favorable de todos los grupos y, en consecuencia, por unanimidad,
ACUERDAN
PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, con la redacción que a continuación se recoge:
«ARTÍCULO 7. Cuota tributaria.
La cuota del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen que se fija en el 2%, con un mínimo de 20 euros. En todo caso, el coste de ejecución material no podrá ser inferior al que resulte de aplicar los costes de referencia previstos en el anexo I de la presente ordenanza.
TABLA I - COSTES DE REFERENCIA DE OBRA MENOR
CONCEPTO | PRECIO UNITARIO |
Sustitución o reparación de materiales de acabado de cubierta (retejado) | 30 €/m2 |
Sustitución o reparación de materiales de acabado de cubierta (tejado nuevo) | 300 €/m2 |
Apertura de huecos en fachadas, sin afectar estructura | 180 €/m2 |
Sustitución de carpinterías exteriores | 200 €/m2 |
Instalación de rejas o cierres | 90 €/m2 o m. lineal |
Enfoscado de fachadas | 22 €/m2 |
Sustitución de acabados (chapados) en fachadas | 96 €/m2 |
Ejecución de pérgolas o porches sin cubrición horizontal | 70 €/m2 |
Solado de zonas descubiertas (patios, jardines) | 50 €/m2 |
Ejecución vallados con materiales ligeros (vallas metálicas) | 20 €/m. lineal |
Soleras | 30 €/m2 |
Impermeabilizaciones | 36 €/m2 |
Ejecución vallados opacos (muros más rejas) | 80 €/m. lineal |
Rehabilitación de edificios (sin estructura) | 380 €/m2 |
Acondicionamiento de planta como vivienda | 380 €/m2 |
Acondicionamiento de local comercial | 330 €/m2 |
Ejecución de porches | 160 €/m2 |
Construcción de piscinas, pistas de tenis y otras instalaciones deportivas | 15.000 €/unidad |
Instalación o reparación de cocinas y cuartos de baño | 2.500 €/unidad |
Instalación o reparación de aseos | 1.500 €/unidad |
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto».
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Taragudo, a 4 de noviembre de 2024. El Alcalde-Presidente, Fdo.: José del Molino González