AYUNTAMIENTO DE QUER
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PRIMERO. Aprobar inicialmente de la modificación de la Ordenanza municipal Reguladora de Circulación Vial adoptada en la sesión ordinaria plenaria de fecha 05/09/2024
SEGUNDO. Someter dicha de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia , tablón de anuncios del Ayuntamiento y sede electrónica, por el plazo de mínimo de treinta días para que puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas, que serán resueltas por la Corporación.
De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto de la modificación de la Ordenanza municipal en el portal web del Ayuntamiento [ www.ayuntamientodequer.es] con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
TERCERO. Recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.
CUARTO. Facultar al Alcalde para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto».
En Quer a 17 de septiembre de 2024. El Alcalde-Presidente. José Miguel Benítez Moreno.