AYUNTAMIENTO DE COGOLLOR
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2024 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1.
ESTADO DE GASTOS | ||
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 67.630,00 € | |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | ||
CAPÍTULO 1 | Gastos de Personal | 17.151,00 € |
CAPÍTULO 2 | Gastos Corrientes en Bienes y Servicios | 23.612,00 € |
CAPÍTULO 3 | Gastos Financieros | 300,00 € |
CAPÍTULO 4 | Transferencias Corrientes | 567,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | ||
CAPÍTULO 6 | Inversiones Reales | 26.000,00 € |
CAPÍTULO 7 | Transferencias de Capital | 0 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | 0 € | |
CAPÍTULO 8 | Activos Financieros | 0 € |
CAPÍTULO 9 | Pasivos Financieros | 0 € |
TOTAL | 67.630,00 € |
ESTADO DE INGRESOS | ||
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 67.630,00 € | |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | ||
CAPÍTULO 1 | Impuestos Directos | 15.240,00 € |
CAPÍTULO 2 | Impuestos Indirectos | 1.000,00 € |
CAPÍTULO 3 | Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos | 5.990,00 € |
CAPÍTULO 4 | Transferencias Corrientes | 16.800,00 € |
CAPÍTULO 5 | Ingresos Patrimoniales | 2.600,00 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | ||
CAPÍTULO 6 | Enajenación de Inversiones Reales | 0 € |
CAPÍTULO 7 | Transferencias de Capital | 25.000,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | ||
CAPÍTULO 8 | Activos Financieros | 0 € |
CAPÍTULO 9 | Pasivos Financieros | 0 € |
TOTAL | 67.630,00 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cogollor, a 26 de agosto de 2024. El Alcalde: Alberto Santos Alcalde