DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. ÁREA DE RECURSOS HUMANOS
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En fecha 22 de agosto de 2024 se ha dictado Resolución núm. 2024-9048, cuya parte resolutiva se hace pública para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en la Base Décimo Tercera de la convocatoria:
“PRIMERO.- De conformidad con la convocatoria efectuada por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Corporación, en sesión celebrada el 23 de abril de 2024 (BOP núm. 94, de 15.05.2024, con corrección de errores en BOP núm. 106, de fecha 04.06.2024 y reseña en el B.O.E. núm. 152, de 24.06.2024), teniendo en cuenta las bases reguladoras de los concursos y en especial la décimo tercera del concurso específico de provisión de puestos, la propuesta de la Comisión de Valoración y una vez cumplidas las demás formalidades, adjudico a la funcionaria que se detalla, el puesto de trabajo indicado, debiendo cesar en el puesto que venía desempeñando.
PUESTO ADJUDICADO |
PUESTO DE ORIGEN |
DATOS PERSONALES |
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PUESTO/LOCALIDAD |
GRUPO SUBGRUPO NIVEL |
PUESTO |
GRUPO SUBGRUPO NIVEL |
APELLIDOS Y NOMBRE |
GRUPO SUBGRUPO GRADO |
903. ADJUNTO/A SECRETARÍA GENERAL (MOVILIDAD INTERADMINISTRATIVA) Localidad: Guadalajara |
A A1 27 |
903. ADJUNTO/A SECRETARÍA GENERAL (MOVILIDAD INTERADMINISTRATIVA) En comisión de servicios Localidad: Guadalajara |
A A1 27 |
ESTEBAN CATALÁN, MARTA |
A A1 26 |
SEGUNDO.- El destino adjudicado, de conformidad con la base décimo segunda de la convocatoria, tendrá la consideración de voluntario y, en consecuencia, no generará derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, la interesada obtenga otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse por escrito a esta Presidencia.
El personal que obtenga destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de traslados que convoquen tanto la Diputación Provincial como otras Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo en los supuestos de cese de puesto de libre designación, supresión de puesto o remoción (art. 68.6 de la Ley 4/2011 (base décimo tercera, punto 4).
TERCERO.- El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo y comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia, así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación, sin perjuicio de las prórrogas establecidas en los tres últimos párrafos de la referida base décimo tercera.
CUARTO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa.“
Guadalajara, 23 de agosto de 2024. El Presidente, José Luis Vega Pérez