AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario, de fecha 27 de junio de 2024, de aprobación inicial de la modificación de la “Ordenanza reguladora del Régimen General de Subvenciones” cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, cuyo texto se transcribe a continuación:
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REDACCIÓN ANTERIOR:
“Artículo 9.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES.-
1.- En el Ayuntamiento el órgano competente para la concesión de subvenciones es la Junta de Gobierno Local.”
NUEVA REDACCIÓN:
“Artículo 9.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES.-
1.- En el Ayuntamiento el órgano competente para la concesión de subvenciones es el Alcalde Presidente.”
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Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Azuqueca de Henares a 14 de agosto del 2024. Fdo: el alcalde D. Miguel Oscara Apariico de Lucas