AYUNTAMIENTO DE CIRUELOS DEL PINAR
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Con la ratificación del decreto de Incorporación de Crédito 51/2024 por acuerdo de pleno celebrado con fecha de 22 de julio de 2.024 del Ayuntamiento de Ciruelos del Pinar por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos 52/2024 del Presupuesto en vigor, Modificación presupuestaria 01/2024 en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del remanente de tesorería. Que, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda aprobado definitivamente el certificado de Incorporación de Crédito 51/2024 del Ayuntamiento de Ciruelos del Pinar.
TEXTO
Vista la posible aplicación del remanente presupuestario del ejercicio 2023, correspondiente con la cantidad de 479.184,34 euros, se aprueba la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del remanente presupuestario.
Visto que con fecha 17 de junio de 2024, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Visto que con fecha 17 de junio de 2024, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía.
Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:
- No existen obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta de «Acreedores por operaciones devengadas», o equivalentes y cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago con proveedores, contabilizadas y aplicadas a cierre del ejercicio anterior, por lo que la cantidad a asignar es 0 €.
- Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de 3.500,00 €.
- No existen operaciones de endeudamiento que estén vigentes pendientes de amortizar, por lo que la cantidad a asignar es 0 €.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el remanente presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de crédito |
Créditos finales |
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Part. |
Cap. |
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226.00 |
II |
Aportación municipal fiestas patronales agosto 2024. |
7.000 |
3.500 |
10.500 |
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TOTAL |
7.000 |
3.500 |
10.500 |
Altas en Concepto de Ingresos
Aplicación económica | Descripción | Euros | ||
Art. |
Conc. |
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87 |
87000 |
REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES |
3.500 |
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TOTAL INGRESOS |
3.500 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 3 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Ciruelos del Pinar a 12 de agosto de 2024. Fdo. El Alcalde. Jesús Salgado Moreno.