AYUNTAMIENTO DE YEBES
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En cumplimiento de lo previsto en el art. 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de fecha 12/07/2024, sobre la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos núm. 4/2024, en la modalidad de suplementos de crédito financiados con mayores ingresos recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente, cuyo resumen es el siguiente:
Suplementos de crédito
Aplicación Presupuest. |
Descripción |
Créditos iniciales + modificaciones |
Suplemento Crédito 4/2024 |
Créditos finales |
24.136.25000 |
Aportación Consorcio de Bomberos |
7.000,00 |
24.590,40 |
31.590,40 |
24.342.22799 |
Servicio de gestión del Polideportivo de Valdeuz |
235.000,00 |
4.533,92 |
239.533,92 |
TOTALES |
242.000,00 |
29.124,32 |
271.124,32 |
Dichos gastos se van a financiar de conformidad con el art. 177.4 del TRLRHL y 36.1 y 2 del Real Decreto 500/1990 con mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en el concepto de intereses de bancos y cajas de ahorro, conforme al siguiente detalle:
Aplicación Presupuest. |
Descripción |
Presupuestado |
Recaudado |
Mayores ingresos recaudados |
24.52100 |
Intereses bancos y cajas de ahorro |
100,00 |
38.704,03 |
38.604,03 |
TOTALES |
100,00 |
38.704,03 |
38.604,03 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los arts. 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Yebes, 7 de agosto de 2024.- EL ALCALDE, Enrique Quintana Arranz