AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
2565
ANTECEDENTES
Visto que esta Alcaldía, por Decreto de delegación de competencias de fecha 26 de junio de 2023, mediante Resolución nº 2023-2714, delegó en la Junta de Gobierno Local el ejercicio, entre otras, de la siguiente atribución de la Alcaldía:
- Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe exceda de doscientos cincuenta mil euros y hasta el límite de competencia de la Alcaldía.
Habiéndose interpuesto recurso especial en materia de contratación, siendo necesario y urgente el envío al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales el expediente de contratación del servicio de asesoría y defensa jurídica del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares (expte. nº 18199/2023).
En virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO.- Avocar la siguiente competencia delegada por esta Alcaldía en la Junta de Gobierno Local: “Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe exceda de doscientos cincuenta mil euros y hasta el límite de competencia de la Alcaldía” para el envío al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales del expediente de contratación del servicio de asesoría y defensa jurídica del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares (expte. nº 18199/2023).
SEGUNDO.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
TERCERO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Azuqueca de Henares a 5 de agosto del 2024. Fdo el alcalde , D. Miguel Oscar Aparicio de Lucas