AYUNTAMIENTO DE HUMANES
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Habiéndose acordado la delegación especial de la Sra. Alcaldesa en el primer Teniente Alcalde, seguidamente referida se publica la misma para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y art. 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Vista la comunicación urbanística, formulada el día 30/04/2024, Registro 2024-E-RC-577, por Dª. ELENA CAÑEQUE GARCIA (NIF: ***3024**, en nombre propio, para proceder a la instalación de césped artificial en patio trasero en la vivienda sita en Travesía. de la Cruz, 1, de Humanes (Guadalajara), código postal 19220, con referencia catastral 6700444VL8260S0001TI.
Atendiendo a que esta Alcaldía es la que ha formulado la siguiente comunicación de la que derivaría igualmente una liquidación tributaria, en concepto del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, concurriendo la circunstancia señalada en el art. 23.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Tener interés personal en el asunto de que se trata.
RESUELVO:
PRIMERO.- Abstenerme de intervenir en el procedimiento administrativo urbanístico que origina la comunicación previa referida para la instalación de césped artificial en patio trasero en la vivienda sita en .Travesía. de ..……., de Humanes, así como abstención para intervenir en el procedimiento de liquidación tributaria del impuesto sobre construcciones y obras.
SEGUNDO. Delegar en el primer Teniente Alcalde D. José Redondo Cabanillas (NIF: ***7087**) la tramitación y resolución de ambos procedimientos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público ( en adelante LRJSP); incluyendo esta la competencia para la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados por el órgano delegado.
TERCERO.- Notificar esta Resolución al Teniente Alcalde en quien se ha delegado la tramitación y resolución de los citados procedimientos.
CUARTO.- Publicar esta delegación especial de acuerdo con lo dispuesto en el art. 9.3 de la LRJSP.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Humanes, a 25 de julio de 2024. Alcaldesa-Presidente. Elena Cañeque García