AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
2310
1.- OBJETO
Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento y las condiciones que han de regir en la adjudicación de autorizaciones de ocupación en la vía pública del siguiente espacio:
Parque de Adoratrices-Paseo de San Roque-Recinto Ferial Fuente de la Niña-Paseo Francisco Aritmendi
2.- PLAZO DE LA AUTORIZACIÓN.
EI plazo por el que se autoriza la instalación es el siguiente: del 6 al 16 de septiembre de 2024
3.- HORARIOS.
Los horarios de apertura y funcionamiento de las actividades serán los siguientes:
- Los días 6, 7, 8, 9 y 10 de septiembre: a partir de las 23:00h se reducirá al mínimo el volumen de toda clase de música, altavoces, micrófonos, etc. Igualmente, a partir de las 01 h de la madrugada se apagará totalmente toda clase de megafonía
- Los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre: se apagará totalmente toda clase de megafonía, a partir de las 03:00h.
- El día 16 de septiembre (Día del Niño): De 17:00h a 22:00h
4.- TASAS.
Se aplicará la Tasa establecida en la Tarifa 4ª Ocupaciones ocasionales para camión, restaurante, gastroneta o quiosco ocasional en el caso de puestos de comida y bebida (1,45€/m²/mes) y para ocupación singular (2€/m²/día) en el caso de atracciones de feria y similares, reguladora de la Tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes de Rodaje cinematográfico.
Toda vez que de acuerdo al apartado 6 del artículo 92 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, corresponde al autorizante decidir la exigencia de garantía al interesado y teniendo en cuenta que es un aprovechamiento especial, por un periodo de tiempo muy breve y que no se estiman grandes riesgos para el dominio público ocupado, no se estima necesario constituir garantía, lo que no obsta que, en su caso, deba éste responder de los daños y perjuicios causados en el dominio público ocupado.
5.- CONDICIONES DE LA INSTALACIÓN.
El adjudicatario estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones durante el plazo de vigencia de la autorización concedida:
a) No se podrá duplicar la actividad. En caso de que se presenten dos o más solicitudes de una instalación igual o similar se concederá autorización a la instalación que haya realizado más montajes en Guadalajara en las Ferias y Fiestas de la Ciudad.
b) No se admitirán solicitudes de ocupación posteriores al 25 de julio de 2024, para la correcta organización y colocación de las Ferias y Fiestas 2024
Las bases íntegras se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Departamento de Protocolo y Festejos del Ayuntamiento de Guadalajara y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara.
Guadalajara, a 02 de Abril de 2024, La Alcaldesa-Presidenta, Ana Guarinos López