AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE RANAS
2069
Expediente n.º: 53/2023
Procedimiento: Convocatoria y Proceso de Selección por CONCURSO de la plaza de LABORAL Auxiliar administrativo en ejecución de los procesos de estabilización de empleo temporal conforme la Ley 20/2021
ANUNCIO
Por Resolución del Sr. Alcalde de Campillo de Ranas, de fecha 18 de octubre de 2023, se dictó lo siguiente:
“Vista la propuesta del Tribunal calificador, para la formalización de contratos a los siguientes candidatos:
Identidad del Aspirante |
DNI |
Puntos Obtenidos |
Nuria Felipe Escolano |
***1161** |
100,00 |
Visto que no se han formulado alegaciones en el plazo de exposición pública.
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 33 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, HE RESUELTO
PRIMERO. Aprobar la propuesta del Tribunal respecto a la contratación de los siguientes candidatos:
Identidad del Aspirante |
DNI |
Nuria Felipe Escolano |
***1161** |
SEGUNDO. Notificar la presente resolución al candidato propuesto requiriéndole la documentación justificativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y emplazándole a firmar el contrato laboral correspondiente.”
Contra la presente Resolución, cabe interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
En Campillo de Ranas (Guadalajara) a 19 de junio de 2024, el Alcalde, Francisco Maroto García.