AYUNTAMIENTO DE ALUSTANTE
2068
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de créditos, financiado con cargo a remanente de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Presupuesto de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones |
|
Progr. |
Económica |
|
|
1532 |
619 |
Inversiones de reposición en infraestructuras |
14.021,87 € |
161 |
619 |
Inversiones de reposición en infraestructuras |
35.387,15 € |
933 |
619 |
Inversiones en fincas rústicas |
385,70 € |
943 |
463 |
Servicio de Recogida de residuos |
17.315,32 € |
|
|
TOTAL |
67.110,04 € |
Dichos gastos se financian, de acuerdo con el siguiente:
Estado de ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
|
|
|
87 |
|
Remanente de Tesorería |
67.110,04 € |
|
|
|
TOTAL INGRESOS |
67.110,04 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Alustante, 13 de mayo de 2024. La Alcaldesa, Rosa Abel Muñoz Sánchez.