AYUNTAMIENTO DE RILLO DE GALLO
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Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de créditos n. º 1/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal, el Pleno de esta Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de mayo de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida modificación presupuestaria.
PRIMERO. Aprobado inicialmente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de mayo de 2024.
SEGUNDO. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, estando a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
TERCERO. Al no haberse presentado reclamaciones al expediente, en el plazo de exposición al público anteriormente indicado, el Acuerdo queda aprobado definitivamente. Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Rillo de Gallo,18 de junio de 2024, El alcalde D. Bartolomé Rodríguez Hernández