AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
2033
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Marchamalo, en Sesión Extraordinaria celebrada el día catorce de junio de dos mil veinticuatro, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de instalaciones deportivas y realización de actividades.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, sitas en Plaza Mayor, 1 19180 Marchamalo (Guadalajara), de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas. Asimismo, estará a disposición de los interesados que lo soliciten en la sede electrónica de este Ayuntamiento [https://marchamalo.sedelectronica.es].
Si transcurrido el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado el acuerdo.
En Marchamalo, a 17 de junio de 2024. Firmado por el Alcalde-Presidente Rafael Esteban Santamaría