AYUNTAMIENTO DE DRIEBES
1963
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Artículo 5.- Base Imponible y Tarifas. Las Tarifas de la tasa serán las siguientes:
ACTIVIDAD |
CUOTA |
Licencia de obra menor |
60,10 |
Licencia de obra mayor |
90,15 |
Parcelaciones urbanas |
90,15 |
Movimiento de tierras |
90,15 |
Modificación de estructura o aspecto exterior de las edificaciones existentes y modificación del uso de los mismos |
90,15 |
Primera utilización de los edificios y modificación de uso de los mismos |
90,15 |
Demolición de construcciones |
90,15 |
Colocación de carteles de propaganda visibles desde la vía publica |
90,15 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
En Driebes, a 11 de junio de 2024. El Alcalde, Alfonso Fernández Arenas.