AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE
1915
BDNS(Identif.):765461
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/765461)
Visto que con fecha 27 de octubre de 2022 el Ayuntamiento en Pleno aprobó la Modificación de la Ordenanza reguladora de las ayudas de emergencia social municipales y prevención de la exclusión social cuyo texto íntegro se publicó en el BOP de fecha 22 de diciembre de 2022 número 242.
Visto que deben empezar a tramitarse las subvenciones para comedor escolar para el curso 2024-2025.
En virtud de las atribuciones que me confiere el art. 21 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás disposiciones concordantes de vigente aplicación. POR ESTE MI DECRETO VENGO A RESOLVER:
PRIMERO. - Convocar la concesión de ayudas para el pago de comedor para el curso escolar 2024/2025
SEGUNDO. - El crédito presupuestario necesario para atender los gastos derivados de esta convocatoria se encuentra consignado en la aplicación presupuestaria del presupuesto para el ejercicio 2024/01/2310/48901 por importe total de 1.500,00 euros para el ejercicio de 2024, y para el ejercicio 2025 (enero a junio) 4.000,00 €. La autorización del gasto para el ejercicio 2025 queda subordinada al crédito que para este ejercicio autorice el presupuesto de 2025.
El citado importe podrá ser incrementado como consecuencia de una transferencia, generación, una ampliación o una incorporación de crédito, que no requeriría de una nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 58, apartado 2, letra a), punto cuarto, del Reglamento de la Ley de Subvenciones.
Dicha cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, como consecuencia de las circunstancias antes señaladas y previa aprobación de la modificación presupuestaria procedente, en un momento anterior a la resolución de concesión de las subvenciones.
TERCERO. - La presentación de solicitudes podrá realizarse durante todo el ejercicio económico a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
CUARTO. - Nombrar a los siguientes miembros de la Comisión de Valoración:
TITULARES
- Presidente: Antonio Cámara Alves
- Vocal: Esther Felipe Zaragoza
- Vocal: Nieves García García
- Secretario: Mª Carmen Hernández Sánchez
SUPLENTES:
- Laura Durán Guillamas
- Esmeralda Fernández Fernández
QUINTO .– Los criterios de valoración serán los fijados en la Modificación de la Ordenanza reguladora de estas subvenciones publicada en BOP de fecha 22 de diciembre de 2022 número 242.
SEXTO .- Ordenar la tramitación y publicación de la convocatoria a través de la BDNS.
SÉPTIMO. - Ordenar la publicación del Decreto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, Centro Social y Zona Joven, así como en la web municipal.
OCTAVO. - Dar cuenta al Pleno, en la primera sesión que celebre.
Villanueva de la Torre a tres de junio de 2024, SONSOLES RICO ORDOÑEZ, ALCALDESA-PRESIDENTA