AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
1689
Codigo BDNS: 761059
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es).
Santiago Bernal Gutiérrez (Santiuste de San Juan Bautista, Segovia, 24 de julio de 1927-Guadalajara, 4 de agosto de 2021) fue un fotógrafo de formación autodidacta afincado en Guadalajara desde su juventud. En esta capital fue uno de los principales activos de la Agrupación Fotográfica de Guadalajara, asociación de la que fue presidente durante décadas, y en cuyo ámbito fomentó y divulgó el Premio Nacional “Abeja de Oro” y la “Semana Internacional de Fotografía”, además de organizar cursos y talleres de formación para jóvenes aficionados y un sinfín de exposiciones. También fue uno de los pilares del Club Alcarreño de Montaña, otro colectivo desde el que trabajó para dar visibilidad a las riquezas paisajistas y medioambientales de la provincia, al patrimonio etnológico y a las tradiciones populares, así como de las posibilidades de estos recursos para la creación de un turismo sostenible y respetuoso con el patrimonio natural y cultural.
Por ello, tras la aceptación recibida y el éxito de la primera convocatoria llevada a efecto en 2022, en la que resultó ganador Manuel Sonseca, y teniendo en cuenta la periodicidad bienal con que se creó este premio, ha determinado convocar la segunda edición del Premio a la trayectoria en fotografía “SANTIAGO BERNAL”, de acuerdo con las siguientes BASES:
1.- Objeto: Esta convocatoria pretende establecer las bases para valorar y reconocer, según criterio del jurado nombrado al efecto, a quien haya realizado una contribución significativa a la práctica, reflexión, difusión, fortalecimiento y promoción de la fotografía con un impacto en el panorama nacional e internacional. Entre los candidatos se podrán designar a fotógrafos y a mediadores (como investigadores, divulgadores, gestores, comisarios, etc.).
2.- Premio: Se establece un único premio de SEIS MIL euros (6.000 €), para la persona que obtuviera la mayoría de votos del Jurado, cantidad a la que se aplicará el descuento preceptivo de la retención del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y que queda sujeta a la aplicación presupuestaria del ejercicio económico en curso. El Jurado sólo podrá designar a un ganador, no pudiendo declarar desierta la convocatoria, ni dividir esta dotación económica entre otros concurrentes.
3.- Candidaturas: La presentación de candidatos podrá ser elevada por instituciones públicas y privadas, fundaciones, asociaciones, academias y personalidades cuya actividad tenga relación con la fotografía y las artes visuales. Estos Patrocinadores sólo podrán proponer una candidatura y asumirán el compromiso de ser interlocutores con el Ayuntamiento y el Jurado frente a las posibles consultas y observaciones dignas de aclaración.
Del mismo modo, si el Jurado considerara de manera motivada que las candidaturas a debate no tuvieran la consideración estimada y suficiente, sus miembros podrán efectuar propuestas en el curso de las deliberaciones.
4.- Postulados: Los Patrocinadores tramitarán una petición a favor de una persona destacada por su contribución a la práctica y teoría de la fotografía con una trayectoria contrastada y que haya sido reconocida públicamente.
Los candidatos necesariamente deberán ser ciudadanos de la Unión Europea o de cualquier país Iberoamericano, residentes o no en territorio nacional español.
5.- Restricciones: Serán excluidas aquellas candidaturas presentadas por quienes soliciten el premio para sí mismos, y para los que lo hagan para grupos o entidades a las que pertenezcan o a quienes representen.
También quedarán excluidas aquellas personas cuya trayectoria sea como resultado de la ocupación de puestos políticos o de estar al frente de puestos en instituciones públicas mediante procedimientos de libre designación.
6.- Presentación de propuestas: Los Patrocinadores formalizarán sus solicitudes suficientemente argumentadas, acompañadas, según los casos, de la pertinente documentación curricular:
- Relación de obras o publicaciones de o a cerca del candidato.
- Relación de exposiciones individuales y colectivas.
- Relación de méritos, premios y galardones logrados por el postulado.
- Adhesiones y apoyos.
Además podrán aportar cuantos documentos, datos relevantes e información suplementaria que consideren para el mejor aval de la propuesta. La documentación de las candidaturas que no sean premiadas será destruida tras el fallo del Jurado; por el contrario, la correspondiente a la persona ganadora no podrá ser reclamada y pasará a formar parte integrante del expediente administrativo abierto a este propósito. El Ayuntamiento no mantendrá correspondencia alguna con las personas postuladas, ni antes ni después de finalizado el proceso de esta convocatoria.
7.- Plazo de presentación: Las candidaturas, junto con la documentación complementaria exigida se presentarán junto al Anexo, debidamente cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento de Guadalajara antes de las 14:00 horas del 30 de septiembre de 2024 en días hábiles, de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas.
También podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de envío mediante correo postal se considerará como fecha y hora de presentación la que indique el timbre de correos o el recibo de entrega de la mensajería en el momento de su recepción.
8.- Jurado, composición, funciones y criterios: El Jurado calificador será nombrado por Decreto de Alcaldía y estará compuesto por los siguientes miembros con voz y voto:
- Presidente: El concejal de Cultura y Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Guadalajara.
- Vocales:
- Un hijo o representante de la familia de Santiago Bernal.
- Dos especialistas de reconocido prestigio en el ámbito de la historia de la fotografía o de la imagen.
- Dos profesionales de la fotografía artística de acreditado currículo.
- El técnico de patrimonio cultural de este Ayuntamiento.
- Secretaria: La Directora General de Cultura, con voz y sin voto.
El Jurado evaluará las propuestas dentro de los quince días posteriores a la finalización del plazo de presentación. Para su constitución y funcionamiento estarán presentes, al menos, la mitad más uno de sus miembros, y, en todo caso, la Presidenta y la Secretaria. Las decisiones se tomarán por mayoría simple de voto; en caso de empate decidirá el voto de calidad de la Presidenta, y el fallo será inapelable.
Las funciones del Jurado serán:
- Determinar la admisión o no de las candidaturas recibidas, bien sea por defecto de forma o por su recepción fuera de plazo.
- Examinar la documentación que avala la trayectoria de cada una de las personas postuladas.
- Evaluar los méritos según los siguientes criterios curriculares:
- Trayectoria, hasta 40 puntos:
- Más de diez años de trabajo en fotografía en cualquiera de sus facetas, hasta 10 puntos.
- Exposiciones individuales en museos y galerías de arte, hasta 10 puntos. Otorgando 3 puntos a las celebradas en museos; y 1,5 puntos en galerías.
- Comisariados de exposiciones en museos y galerías de arte, hasta 10 puntos. Otorgando 3 puntos a las celebradas en museos; y 1,5 puntos en galerías.
- Publicaciones de libros y de trabajos de investigación sobre la fotografía y las artes visuales, hasta 10 puntos. Otorgando 3 puntos a las monografías; y 1,5 puntos a los artículos.
- Reconocimiento, hasta 10 puntos:
- Premios, distinciones o reconocimientos a nivel internacional, hasta 10 puntos. Otorgando 3 puntos a los premios; y 1,5 puntos a las distinciones.
- Trayectoria, hasta 40 puntos:
- Proponer la adjudicación del premio “Santiago Bernal” a la persona que hubiera alcanzado mayor puntuación.
- Levantar Acta motivada de esa adjudicación con referencia a la valoración obtenida por méritos de trayectoria y reconocimiento.
Retribuciones:
Los vocales de este jurado recibirán una retribución económica por su participación de 42,83 euros/día, que se corresponderá con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y en la Resolución de 2 de enero de 2007 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas y con las cuantías de las retribuciones del personal por asistencia o por participación en tribunales o en concursos, según la categoría de técnicos del grupo A .
A los vocales que formen parte del personal al servicio del Ayuntamiento de Guadalajara, se les aplicará, en su caso, lo establecido para las gratificaciones por servicios especiales y/o extraordinarios en el Acuerdo Económico y Social del personal funcionario o en el Convenio Colectivo del personal laboral.
Y, según la Orden 3770/2005, de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, corresponderán 0,19 euros por kilómetro recorrido por el uso de automóviles, y 0,078 euros por el de motocicletas.
9.- Comunicación y entrega del premio: El fallo del concurso se hará público y será notificado al ganador.
La persona distinguida queda obligada a recoger personalmente el premio, y, según su caso, a facilitar el montaje de una exposición con sus fotografías, o a impartir una conferencia sobre sus experiencias o investigaciones en este ámbito en el Teatro Auditorio Buero Vallejo. Para ello, aceptará el premio por escrito y se comprometerá a materializar en tiempo y forma estas exigencias. En caso de no hacerlo, se entenderá que renuncia a esta distinción y recompensa económica.
En guadalajara, a 16 de mayo de 2024. Ana Guarinos Lopez, la alcaldesa.