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Castilnuevo
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Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
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Checa
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Chiloeches
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Cincovillas
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Ciruelos del Pinar
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Cogolludo
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Condemios de Arriba
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Copernal
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Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
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Fuentelsaz
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Millana
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Robledillo de Mohernando
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Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
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Saúca
Selas
Semillas
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Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
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Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
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Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
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Villaseca de Uceda
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Viñuelas
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Lunes, 13 Mayo 2024 08:05

APROBACIÓN FINAL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2024-2026

1555

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AYUNTAMIENTO DE TORIJA


1555

El Pleno del Ayuntamiento de Torija, en sesión plenaria celebrada el 14 de marzo de 2024, acordó la aprobación inicial del Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024- 2026, el cual ha sido sometido a información, sin que durante el plazo de treinta días se haya presentado alegación alguna.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público para general conocimiento el texto íntegro de la modificación aprobada.

Código BDNS: 1190

“PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA 2024-2026

PREÁMBULO

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.

Téngase en cuenta la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en la que se establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas que estén previstas en Normas legales o reglamentarias, tendrán la consideración de Planes Estratégicos de Subvenciones siempre que recojan el contenido previsto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003.

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición final tercera de la citada Ley, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor del mismo (25 de octubre de 2006), los planes estratégicos de subvenciones o de los planes y programas sectoriales vigentes se adaptarán a lo establecido en el mismo.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público destinado a subvenciones.

En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.

Para mejorar la eficacia, se prevé en la Legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones [instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública], de carácter plurianual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones, con la finalidad de adecuar las necesidades a cubrir mediante las subvenciones con los recursos disponibles; con carácter previo al nacimiento de la subvención.

Por ello, este Ayuntamiento aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones cuyo articulado figura a continuación.

ARTÍCULO 1. ÁMBITO TEMPORAL

El ámbito temporal del presente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Torija se propone para el perido 2024-2026

ARTÍCULO 2. NATURALEZA JURÍDICA

Los Planes Estratégicos de Subvenciones son un instrumento de gestión de carácter programático, careciendo de rango normativo, que no suponen una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación genera derechos ni obligaciones para la administración.

Su efectividad queda condicionada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.

ARTÍCULO 3. COMPETENCIA

El órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones, es el Pleno municipal, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad subvencional o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con lo previsto en el apartado e) del artículo 22 de la Ley de bases de Régimen Local.

ARTÍCULO 4. BENEFICIARIOS

El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

ARTÍCULO 5. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN Y SUS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

El presente Plan Estratégico del Ayuntamiento de TORIJA resulta de aplicación directa a todas las subvenciones concedidas anualmente por el Ayuntamiento mediante los siguientes procedimientos de concesión de subvenciones:

  • Subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva. Dentro de estas se incluye la organización de sorteos, certámenes y/o concursos.
  • Subvenciones nominativas previstas en el presupuesto.
  • Subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Con carácter general, las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no obstante, podrán concederse mediante ayuda directa aquellas subvenciones que figuren como nominativas en los presupuestos municipales.

Las Líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico, en el que se integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento, son las siguientes:

  • Acción social: promoción de la mujer, juventud, asociacionismo y participación ciudadana, actividades dirigidas a discapacitados, ayudas a las familias, etc.
  • Cultura: música, artes plásticas, etc.
  • Deportes: prácticas deportivas, asociacionismo deportivo, etc.
  • Fomento económico: agricultura, turismo, empleabilidad, etc.

5.1 SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL

A) Promoción de la Mujer:

Objetivos: Incrementar las actividades encaminadas a la promoción, incorporación y permanencia de la mujer en el mundo laboral, tratando de conseguir la igualdad en todos los aspectos de su vida, facilitando la conciliación de la vida familiar y laboral, mejorando su calidad de vida y persiguiendo el acoso sexual en el trabajo.

B) Juventud:

Objetivos: Fomentar la realización de actividades de tiempo libre para la juventud, los cursos de formación de monitores y animadores, las actividades de verano, los programas de información a la juventud en relación con las drogas, estimular su inserción, autonomía, emancipación y bienestar en el mundo laboral.

C) Fomento del Asociacionismo y la participación ciudadana:

Objetivos: Incrementar el número de asociaciones existentes en el Ayuntamiento con fines de carácter social, cultural y educativo, rechazar la violencia y el racismo y exploración de nuevas formas de planificación y gestión en torno a proyectos de regeneración urbana.

D) Acción social dirigida a personas con discapacidad:

Objetivos: desarrollar y afianzar actividades físico-deportivas para personas del término Municipal con parálisis cerebral, discapacidades físicas, discapacidad intelectual o trastornos generalizados del desarrollo.

E) Acción social dirigida a las familias:

Objetivos: ayudar a las familias con los costes derivados del material escolar de los niños y niñas; ayudar a la conciliación familiar sufragando parte de las cuotas de la escuela infantil.

5.2 SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA

En materia de cultura, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan, las siguientes líneas de subvención:

A) Música:

Objetivos: Favorecer las actividades musicales, la programación de conciertos, los espectáculos de música clásica, formación de corales, escolanías y bandas musicales.

B) Artes Plásticas:

Objetivos: Impulsar y acercar a la población la creación artística a través de exposiciones, concursos, talleres y encuentros, apoyando su formación y disfrute.

5.3 SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTE

En materia de deportes, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan, las siguientes líneas de subvención:

A) Fomento de las Prácticas Deportivas:

Objetivos: Favorecer la realización de actividades deportivas en el Municipio, apoyar a todo tipo de Entidades Públicas o Privadas que programen o realicen actividades de carácter deportivo, para la celebración de competiciones o eventos deportivos...

B) Creación de Asociaciones Deportivas:

Objetivos: Apoyar la constitución de todo tipo de Entidades Públicas o Privadas que programen y realicen actividades de carácter deportivo, para la celebración de competiciones o eventos deportivos.

5.3 SUBVENCIONES EN MATERIA DE FOMENTO ECONÓMICO: AGRICULTURA, TURISMO Y EMPLEO

A) Agricultura:

Objetivos: modernización de las explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores que presenten un plan empresarial.

B) Turismo y Comercio:

Objetivos: Contribuir a la competitividad de los sectores comercio y hostelería

C) Empleo

Objetivos: Impulsar la generación de empleo dentro del ámbito empresarial del territorio, favoreciendo la aplicación de políticas socialmente responsables. Además de mejorar la empleabilidad, en especial la de colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral (empleo inclusivo), y bajo el principio de igualdad de mujeres y hombres

ARTÍCULO 6. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN PREVISTAS PARA EL AÑO 2024 Y SUS OBJETIVOS ESPECÍFICOS

6.1 SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL

Fomento del Asociacionismo y la participación ciudadana:

  • Objetivos específicos:
    • Fortalecer el movimiento asociativo local en sus diversos ámbitos de cultura, patrimonio, turismo, formación, lectura y educación, deporte, ámbito recreativo, artes plásticas y visuales, música, artes escénicas, recreaciones históricas, o cualquier otra actividad sectorial, como forma de participación de la ciudadanía.
    • Fomentar la participación de los jóvenes y de sus entidades sociales en la dinámica sociocultural del municipio.
    • Apoyar el mantenimiento y funcionamiento de asociaciones previstas en el presupuesto municipal.
    • Fomentar la promoción del deporte junto con las asociaciones, clubes y entidades deportivas del municipio.
    • Promocionar la localidad a través del apoyo a la realización de acontecimientos deportivos.
    • Promocionar TORIJA como destino turístico a través de la actividad de asociaciones, fundaciones, clubes o instituciones.
  • Plazo de ejecución: Anual
  • Costes previsibles: Los costes previstos para los distintos ejercicios serán, hasta el máximo de las disponibilidades presupuestarias destinadas, recogidas en el Presupuesto correspondiente.
  • Fuentes de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.
  • Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se realizará en general por concurrencia competitiva, y directa para las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto. También se podrán otorgar mediante la organización de sorteos y/o concursos.
  • Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria de las subvenciones, premios y/o concursos o los convenios de colaboración que puedan firmarse para regular el otorgamiento de subvenciones nominativas.
  • Ayudas a las familias
  • Objetivos específicos:
    • Favorecer económicamente a las familias empadronadas en el municipio para afrontar los gastos originados en el inicio del curso escolar
    • Favorecer la conciliación laboral y familiar dando facilidades económicas a las familias para que puedan llevar a sus hijos e hijas a la escuela infantil.
  • Plazo de ejecución: Anual
  • Costes previsibles: Los costes previstos para los distintos ejercicios serán, hasta el máximo de las disponibilidades presupuestarias destinadas, recogidas en el Presupuesto correspondiente.
  • Fuentes de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.
  • Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se realizará en general por concurrencia competitiva.
  • Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria de las subvenciones.

6.2 SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA

Artes Plásticas:

  • Objetivos específicos:
    • Fomentar las creaciones artísticas mediante concursos de pintura, de Rondas y de decoración de fachadas.
    • Fomentar las tradiciones.
  • Plazo de ejecución: Anual
  • Costes previsibles: Los costes previstos para los distintos ejercicios serán, hasta el máximo de las disponibilidades presupuestarias destinadas, recogidas en el Presupuesto correspondiente.
  • Fuentes de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.
  • Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se realizará en general por concurrencia competitiva.
  • Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria de las subvenciones.

6.3 SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTE

Fomento de las Prácticas Deportivas:

Objetivos específicos: Colaborar en la financiación del material deportivo

  • Fuentes de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.
  • Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se realizará en general por concurrencia competitiva.
  • Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica, se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria de las subvenciones.

ARTÍCULO 7. Subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, cultural, deportivo, científico, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública

  • Objetivo estratégico: Subvencionar las actividades de aquellas personas físicas o entidades sin ánimo de lucro por razones de interés público, social, cultural, deportivo, científico, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública y que no se hayan podido prever en el presupuesto
  • Costes previsibles: Los costes previstos para los distintos ejercicios serán, hasta el máximo de las disponibilidades presupuestarias destinadas recogidas en el Presupuesto correspondiente.
  • Fuentes de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.
  • Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se realizará de acuerdo con lo estipulado en las bases de ejecución del presupuesto municipal vigente en el momento de inicio del procedimiento de concesión.

ARTÍCULO 8. PREMIOS Y/O CONCURSOS

La regulación y convocatoria de los premios y/o concursos que dentro de cada área de gasto del Ayuntamiento puedan realizarse, deberán de contar con la previa aprobación de las bases correspondientes.

La convocatoria de premios y/o concursos tiene por objeto el fomentar la participación y la vinculación de la ciudadanía, empresas y entidades en las distintas iniciativas que desde cada área del Ayuntamiento de TORIJA se puedan organizar.

En concreto para el ejercicio 2024 se materializan en las siguientes:

Descripción

Destinatario

Modalidad

Plazo

Objetivo

Importe

Aplicación

Ayudas material escolar/ Banco de Libros

Familias empadronadas

Directa Nominativa

1 año

Favorecer la economía familiar

50.000,00

323 48000

Ayudas tasa escuela infantil

Familias empadronadas

Concurrencia

1 año

Favorecer la conciliación familiar

9.000,00

323 48000

Subvención Inglés

Personas empadronadas

Concurrencia

1 mes

Fomentar lengua extranjera

12.000,00

338 48000

Subvención para las asociaciones de Torija

Todas las asociaciones de Torija

Directa Nominativa

1 año

Fomentar las actividades culturales de todas las asociaciones del municipio

12.000,00

338 48000

Premios de pintura

Participantes en concurso

Concurrencia

1 año

Fomentar la creación artística

1.000,00

338 48000

Premios de Rondas

Participantes en concurso

Concurrencia

1 año

Fomentar la creación artística y el interés turístico cultural

1.500,00

338 48000

Premios concursos navidad

Participantes en concurso

Concurrencia

1año

Fomentar interés cultural

100,00

338 48000

Fomento deporte y cultura

Personas físicas y jurídicas

Concurrencia

1 año

Fomentar el deporte y cultura municipal

15.000,00

338 48000

Ayuda Retejado Iglesia

Iglesia local

Directa Nominativa

1 vez

Fomentar el interés turístico cultural

70.000,00

338 48000

ARTÍCULO 9. PLAZOS DE EJECUCIÓN

Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de ejecución anual, siendo el periodo elegible a efectos de justificación el año natural.

En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de ejecución superior al anual, o la modificación del periodo elegible, se deberán recoger en las correspondientes bases de las subvenciones, premios y/o concursos o convenio.

ARTÍCULO 10. FINANCIACIÓN

La efectividad de las líneas de ayudas y subvenciones incluidas en el presente plan, quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente presupuesto anual. Previo a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la autorización del gasto correspondiente.

ARTÍCULO 11. PAGO ANTICIPADO DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS

De acuerdo con lo previsto en el art 34 de la Ley General de Subvenciones que establece: “También se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención”, las bases de las diferentes convocatorias, en función de las necesidades de financiación del tipo de proyecto a subvencionar, de los destinatarios de la subvención y de los principios de eficacia y eficiencia que deben regir toda actuación pública, podrán de forma motivada establecer la posibilidad de pagos anticipados.

ARTÍCULO 12. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES.

El control y seguimiento del presente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de TORIJA, se realizará de forma anual, en dos aspectos.

  • Control económico - financiero de las subvenciones concedidas, que está encomendado a la Intervención del Ayuntamiento de TORIJA, que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente.
  • Control y seguimiento del Plan, que será recopilado por la Intervención municipal, para lo cual, por parte de cada uno de los Servicios que actúen de órganos instructores del procedimiento de concesión de las Subvenciones, se procederá a remitir en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente, memoria de evaluación.

ARTÍCULO 13. TRANSPARENCIA.

Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento en cada una de sus líneas estratégicas, programas y convocatorias serán publicadas anualmente en la Web municipal, indicando la entidad receptora, cuantía, proyecto o acción a la que va destinada.

En el plazo máximo de un mes una vez concedidas las subvenciones por el Ayuntamiento de TORIJA, se procederá a la publicación de la totalidad de las mismas en la web municipal, y en todo caso deberán figurar al final del año.”

En Torija, a 9 de mayo de 2024. El Alcalde-Presidente, D. Álvaro Murillo Bonacho.

Información adicional

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