AYUNTAMIENTO DE SELAS
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Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento para el 2024 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE GASTOS
CUADRO RESUMEN |
||
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
PREVISIÓN GASTOS |
1 |
Gastos de personal |
36.761,00€ |
2 |
Gastos en bienes corrientes y servicios |
72.860.00€ |
3 |
Gastos financieros |
1.200,00€ |
4 |
Transferencias corrientes |
2.180,00€ |
5 |
Fondo de contingencia y otros imprevistos |
0,00€ |
6 |
Inversiones reales |
41.057,00€ |
7 |
Transferencias de capital |
0,00€ |
8 |
Activos Financieros |
0,00€ |
9 |
Pasivos Financieros |
0,00€ |
TOTAL GASTOS |
154.058,00€ |
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE INGRESOS
CUADRO RESUMEN |
||
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
PREVISIÓN GASTOS |
1 |
Impuestos Directos |
34.941.00€ |
2 |
Impuestos Indirectos |
1.000.00€ |
3 |
Tasas y Otros Ingresos |
7.300.00€ |
4 |
Transferencias corrientes |
20.608.00€ |
5 |
Ingresos Patrimoniales |
60.809.00€ |
6 |
Enajenación de Inversiones Reales |
0.00€ |
7 |
Transferencias de capital |
29400.00€ |
8 |
Activos Financieros |
0.00€ |
9 |
Pasivos Financieros |
0.00€ |
TOTAL INGRESOS |
154,058.00€ |
PLANTILLA DE PERSONAL
1. PERSONAL FUNCIONARIO: DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Secretaria-Intervención.
NÚMERO DE PUESTOS: 1
GRUPO: A1
COMPLEMENTO: Nivel 24
TITULACIÓN ACADÉMICA: Licenciatura
OBERVACIONES: En Agrupación
2. PERSONAL LABORAL:
DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Peón servicios múltiples.
TITULACIÓN ACADÉMICA: Estudio básicos.
NÚMERO DE PUESTOS: 2
OBSERVACIONES: Puestos de trabajo sujetos a la subvención concedida por el Servicio Público de empleo Estatal en el marco del Plan de Empleo de Zona Rural Deprimida y por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Selas a 16 de abril de 2024. El Alcalde- Presidente Jesús Langa Maestro