AYUNTAMIENTO DE HERAS DE AYUSO
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de los espectáculos taurinos populares, cuyo texto modificado se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TÍTULO VI. PLAN DE ENCIERROS
ARTÍCULO 24. Ubicaciones
Zonas de Inicio:
1º) La zona de inicio estará situada en la Ciudad Deportiva, sita en CL CIUDAD DEPORTIVA, 1. HERAS DE AYUSO (GUADALAJARA), la cual cuenta con las instalaciones o corrales necesarios donde se situarán las reses para dar comienzo el encierro por el campo.
2º) La zona de inicio estará situada en los corrales de la calle Mayor, sita en CL MAYOR, 15. HERAS DE AYUSO (GUADALAJARA), la cual cuenta con las instalaciones o corrales necesarios donde se situarán las reses para dar comienzo el encierro por el campo.
Zona de Suelta: Calle Mayor, Calle Eras, Calle Paso Bodegas, Calle Anís, Camino del Palomar hasta el Paso del Camino del Palomar con el Camino de Hoyo Encinas o Colada de Ciruelas, desde la Senda de Cañizar al Camino del Plantío de Tío Justo y el Camino de La Dehesa o de Los Castillejos.
La zona estará debidamente señalizada para advertir a los no participantes que deben abstenerse de penetrar en ella. A fin de evitar el riesgo de que las reses las abandonen, se tomaran las siguientes medidas:
- Corte durante el horario de celebración de los festejos, de las vías públicas que unen la Plaza con el casco urbano, a fin de evitar la penetración de personas o vehículos no autorizados.
- Indicación de los lugares de ubicación del personal de la organización encargado, en su caso de reconducir las reses hacia el itinerario previsto, así como de cualquier otro personal para el buen desarrollo de los festejos.
- Prohibir el acceso a dicha zona de vehículos ajenos a la organización del festejo, excepción hecha de las ambulancias y en su caso, de los vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de los servicios de Protección Civil.
Zona de Espectadores: La zona de espectadores estará ubicada en la Ciudad Deportiva CL CIUDAD DEPORTIVA, 1. HERAS DE AYUSO (GUADALAJARA) en las gradas de la plaza.
Zona de Finalización: La zona de finalización coincide con la zona de inicio situada en la Plaza, sita en CL CIUDAD DEPORTIVA, 1. HERAS DE AYUSO (GUADALAJARA), donde se encuentran las instalaciones o corrales para el encierro de las reses, los cuales reúnen las condiciones de seguridad y solidez necesarios.
ARTÍCULO 25. Itinerario del Encierro
Existen dos posibles itinerarios, según la zona de inicio, el primer itinerario comenzará en la zona de inicio número 1, situada en la Ciudad Deportiva, y discurrirá por la calle Ciudad Deportiva continua por el Camino del Palomar hasta el Paso del Camino del Palomar con el Camino de Hoyo Encinas o Colada de Ciruelas, donde se ubica un descansadero, desde la Senda de Cañizar al Camino del Plantío de Tío Justo, desde éste se entra en el Camino de La Dehesa o de Los Castillejos continuando hasta la Plaza, donde finaliza el encierro, y el segundo itinerario comenzará en la zona de inicio número 2, situada en los corrales de la calle Mayor, y discurrirá por la misma calle Mayor hasta torcer a la izquierda por la calle Eras, continuar por la calle Paso Bodegas, torcer a la izquierda por la calle Anís para enlazar con el primer itinerario siguiendo el mismo recorrido y finalizando en el mismo sitio.”
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Heras de Ayuso, 17 de abril de 2024. El Alcalde-Presidente, Fdo.: Álvaro Díaz Molina