AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA
1041
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario sesión Extraordinaria urgente de fecha 20 de febrero de 2024 de modificación de créditos n.º 1/2024 del Presupuesto prorrogado en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, lo que se hace público con el siguiente contenido:
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de Crédito |
Créditos |
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Progr. |
Económica |
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Mediante incorporación de créditos con financiación afectada Art 182.3 LRHL
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330 |
61915 |
Obra Centro Cultural. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Eficiencia energética. Orden TMA 178/2022 |
767.077,06 € |
200.239,57 € |
967.316,63 € |
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Total |
767.077,06 € |
200.239,57 € |
967.316,63 € |
Altas en Conceptos de Ingresos
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8701002 |
Remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada. Subvención PIREP Local. Rehabilitación energética centro cultural “Los Arcos”. (se consigna mediante incorporación obligatoria del presupuesto de 2023.Art 182.3 LRHL) |
767.077,06 € |
80700 |
Remanente líquido de tesorería para gastos generales |
200.239,57 € |
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Total |
967.316,63 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Sigüenza a 21 de marzo de 2.024. La Alcaldesa, María Jesus Merino Poyo.