AYUNTAMIENTO DE PRADOS REDONDOS
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Prados Redondos de fecha 27 de noviembre de 2023, sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Suministro de Agua Potable a domicilio y la Ordenanza Fiscal Reguladora de Construcciones , Instalaciones y Obras, a tenor de lo dispuesto en el articulo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
1º.- La Ordenanza Fiscal Reguladora por el Suministro de Agua potable a domicilio, queda de la siguiente manera :
- CONEXIÓN O CUOTA DE ENGANCHE : 400.00 €.
- CUOTA DE SERVICIO O MINIMO DE CONSUMO : 36.00 €
- CONSUMOS VARIABLES :
CONSUMOS |
PRECIO |
De 0 a 100 m3 |
0.40 € / m3 |
De 100 a 150 m3 |
1 € / m3 |
De 150 a 200 m3 |
2 € / m3 |
De 200 a 250 m3 |
4 € / m3 |
De 250 a 300 m3 |
6 € / m3 |
De 300 m3 en adelante |
8 € / m3 |
2º.- La Ordenanza Fiscal Reguladora de Construcciones, Instalaciones y Obras, queda de la siguiente manera :
- A partir del día que se solicite la licencia de obras, se cobrará la cantidad de 3.00 € diarios por ocupación de Vía Pública con materiales, escombros, contenedores, andamios y materiales o instrumentos semejantes.
El promotor de la obra, deberá comunicar al Ayuntamiento el día de comienzo y final de obra, para calcular la deuda existente, en caso de que haya ocupación de vía pública. - A partir de la entrada en vigor de esta Ordenanza, las nuevas construcciones, bien de nueva planta o de acondicionamiento de inmuebles, queda totalmente prohibido que las puertas se abran hacía la vía pública.
Prados Redondos a 1 de marzo de 2024.- EL ALCALDE.- TEODORO GAONA MARTINEZ.