AYUNTAMIENTO DE QUER
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Confeccionado el padrón por la tasa de vados para el paso de vehículos para el ejercicio de 2024 suscrito por la Alcaldía en fecha 07 de febrero de 2024 de acuerdo con el artículo 21.1s ) de la LRBRL y el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
RESUELVO:
PRIMERO. - Aprobar provisionalmente el Padrón de contribuyentes por la tasa de vados para el paso de vehículos para el ejercicio de 2024- sin perjuicio de las nuevas liquidaciones ya realizadas que serán incluidas en el padrón del ejercicio 2025- con las siguientes características:
- Número de Unidades Fiscales Total: 224
- Unidades Fiscales Bonificadas/Exentas: 0
- Importe Total del Padrón al cobro: 3.675,00 €
SEGUNDO. – El referido padrón fiscal quedará expuesto al público en el Tablón de Anuncios de las Oficinas Municipales, Plaza Mayor, 5, 19209 – Quer (Guadalajara) en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, QUINCE (15) DÍAS antes que se inicie el respectivo periodo de cobro y por el plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo sin que se produzcan reclamaciones, el Padrón se entenderá definitivamente aprobado.
TERCERO. – El pago se podrá efectuar:
- Los recibos no domiciliados, previa presentación de los documentos de ingreso que se remitirán al domicilio de cada contribuyente por correo ordinario- o bien podrán obtenerlos alternativamente solicitándolo en el propio Ayuntamiento, en las Oficinas Municipales ubicadas en Plaza Mayor nº5, 19209 – Quer (Guadalajara) en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, mediante pago con tarjeta.
- Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria de cada contribuyente en cualquier momento dentro del periodo voluntario.
CUARTO.- Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario- que será del 15 de marzo de 2024 al 15 de mayo de 20247- se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y costas que procedan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.
QUINTO.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, se publica Edicto para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición pública.
SEXTO-. Publicar la presente Resolución a los efectos de información pública con publicación en el Boletín Oficial de Guadalajara y tablón de Anuncios del Ayuntamiento y a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://quer.sedelectronica.es.
En Quer, a 21 de febrero de 2024, el Alcalde- Presidentes. Fdo. José Miguel Benítez Moreno.